Un casino deberá indemnizar a una jugadora que tropezó con el cable de una aspiradora. Para la Justicia, el elemento se encontraba en un "lugar inadecuado" para el tránsito de personas.
La Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó que el Casino de Buenos Aires deberá indemnizar a una jugadora que tropezó con el cable de una aspiradora. Todo ello en los autos “C., R. S. c/Casino de Buenos Aires S.A. CIESA UTE s/daños y perjuicios”.
El hecho ocurrió en 2014, cuando la mujer se encontraba en las instalaciones del Casino de Buenos Aires. En circunstancias en que transitaba por el sector fumadores entre el bar y las cajas, la jugadora tropezó con un cable.
Dicho elemento correspondía a una aspiradora que estaba siendo accionada en esos momentos por personal de limpieza que se encontraba en ese sector, sin que se colocase un cartel indicador de advertencia o restricción de paso.
El pronunciamiento de grado hizo lugar a la demanda y, en consecuencia, condenó a la demandada al pago de la suma de $260.000 con más intereses y costas. Además hizo extensiva la condena contra la aseguradora.
Según consta en la causa, la actora presentó como consecuencia del accidente fractura de segundo, tercero y cuarto metatarsianos de pie derecho.
La demandada apeló el fallo y refirió que el accidente no fue producido a causa de la existencia de un cable en dicho lugar, sino que habría ocurrido por el hecho de la propia víctima.
Sin embargo, el Tribunal de Alzada confirmó la existencia del cable como el objeto causante de la caída de la actora. “El mismo se encontraba en un lugar inadecuado para el tránsito de personas”, señaló el fallo.
Según consta en la causa, la actora presentó como consecuencia del accidente fractura de segundo, tercero y cuarto metatarsianos de pie derecho. En la actualidad padece secuelas físicas y psicofísicas.