20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

Juicio por jurados, "pasión" nacional

Avanza en la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de ley que plantea la implementación del juicio por jurado a nivel nacional. Los detalles de la iniciativa que podría llegar al recinto antes de fin de año.

La Cámara de Diputados de la Nación avanzó en el debate sobre la creación de juicios por jurado en la jurisdicción nacional. Se trata de un borrador que reúne más de una docena de propuestas legislativas de diferentes bloques.

Las comisiones de Legislación Penal y Justicia, presididas por los diputados Gabriela Burgos y Diego Mestre, respectivamente, recibieron a jueces y especialistas en la temática, para así avanzar con la discusión y lograr un dictamen favorable.

Existen alrededor de doce proyectos con estado parlamentario. En este sentido, la diputada Burgos explicó que se logró una iniciativa en común que recoge todas las posturas, la cual será analizada en las próximas semanas.

Si bien el juicio por jurado es un mandato de la Constitución Nacional de 1853, solamente funciona en Córdoba, Neuquén, Chubut, Buenos Aires y a partir de 2019, en Río Negro. Mendoza aprobó recientemente su aplicación y se convirtió en la sexta provincia en implementar ese tipo de procesos en la Argentina.

En los últimos meses hubo dos casos paradigmáticos en los que se realizaron juicios por jurado: el de Fernando Farré, condenado por femicidio de su esposa, y el de Daniel Oyarzún, el carnicero que atropelló y mató a uno de los ladrones que había ingresado a su comercio y fue absuelto.

El borrador sigue los lineamientos aceptados en otros proyectos presentados ante la Cámara y propone un jurado integrado por doce miembros titulares y por cuatro suplentes. La lista de ciudadanos surgirá de un sorteo realizado por la Cámara Nacional Electoral.

Podrán desempeñarse como jurados, según la iniciativa, todos los argentinos o ciudadanos naturalizados entre 18 y 70 años. Además establece como impedimento ser funcionario público de alguno de los tres poderes del Estado, como tampoco podrán serlo abogados, escribanos, procuradores matriculados y los profesores universitarios de disciplinas jurídicas o de medicina legal, entre otros.

 

En Buenos Aires, el 78% de los jueces estuvo de acuerdo con las decisiones del jurado, mientras que en Neuquén eso ocurrió en un 81% de los casos. En ésta última provincia, el 60% de los ciudadanos se mostró más confiado en el sistema de justicia tras su participación en el proceso.

 

Durante la reunión, el juez del Juzgado de Garantías N° 5 del Departamento Judicial de San Martín, Nicolás Schiavo, expuso sobre los resultados estadísticos en las provincias de Buenos Aires y Neuquén, los que arrojaron “resultados similares a lo que es la media norteamericana”.

Según datos estadísticos, el 70 por ciento de los juicios populares que se realizaron en Buenos Aires terminaron con fallos condenatorios. En Neuquén esta cifra asciende al 76 por ciento.

En Buenos Aires, el 78% de los jueces estuvo de acuerdo con las decisiones del jurado, mientras que en Neuquén eso ocurrió en un 81% de los casos. En ésta última provincia, el 60% de los ciudadanos se mostró más confiado en el sistema de justicia tras su participación en el proceso.

Andrés Harfuch, vicepresidente de la Asociación Argentina de Juicio por Jurados, elogió el proyecto unificado y aseveró que "sería excelente que se apruebe, ya que está en línea con lo que establece la Corte Interamericana de Derechos Humanos". Desde la entidad confían en lograr la media sanción antes de fin de año.

“De aprobarse así, sería un lujo para la República  y una ley modelo para toda la región, ya que respeta los seis puntos esenciales que conforman la columna vertebral del jurado clásico en todo el mundo: un jurado de doce con  igualdad de género, un voir dire para su selección imparcial, instrucciones legales del juez, un veredicto unánime y definitivo para condenar o absolver y un nuevo juicio más en caso de estancamiento", señaló.



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486