La decisión de la Corte Suprema de admitir que los jueces nombrados a partir de 2017 tributen Ganancias generó malestar en los magistrados. “Consternación” y “preocupación” por parte de las Asociaciones de Magistrados, de Fiscales y de Defensores y la Federación Argentina de la Magistratura.
El pago del Impuesto a las Ganancias por parte de los jueces nombrados en el cargo a partir de 2017 y la posibilidad de que se extienda el pago del tributo al resto de los magistrados ha sido un tema recurrente a lo largo de los últimos dos años.
Pero el tire y afloja entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial ha recrudecido en los últimos meses con la presentación de iniciativas parlamentarias por parte del radicalismo, pero con la decisión del último martes por parte de la Corte Suprema de Justicia los ánimos quedaron caldeados en el seno de la familia judicial.
Ni bien conocido el fallo del Máximo Tribunal que dejó sin efecto la medida cautelar que la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMFJN) impulsó para que se establezca que no estaban alcanzados por el impuesto a las ganancias los magistrados, funcionarios y empleados de “carrera judicial” que fueran nombrados a partir del 1° de enero de 2017, las organizaciones qe nuclean a los jueces, fiscales y defensores emitieron un duro comunicado conjunto en el que expresaron que lo resuelto “ha provocado consternación y profunda preocupación”.
Las entidades denunciaron que el fallo “amenaza con consolidad una situación de desigualdad y retrogradación en las retribuciones, que resultan incompatibles con principios generales de orden constitucional”.
El comunicado n° 104 fue suscripto por la presidente de la AMFJN, la camarista comercial María Lilia Gómez Alonso de Díaz Cordero, por el titular de la Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público Fiscal de la Nación (AFFUN), el fiscal federal Carlos Rívolo, y por su par de la Asociación Civil de Magistrados y Funcionarios del Ministerio Público de la Defensa de la República Argentina (ADEPRA), la defensora Lorena Castro Freijoo.
Las tres entidades cuestionaron que el fallo, que deja sin efecto la suspensión de las retenciones en concepto de ganancias a los magistrados de carrera que tenían los haberes exentos de pagar el tributo con anterioridad “amenaza con consolidad una situación de desigualdad y retrogradación en las retribuciones, que resultan incompatibles con principios generales de orden constitucional”.
Asimismo, reiteraron que “cejarán en su empeño por lograr soluciones justas en una situación de tal inequidad, que vulnera los límites de la confiscación de salarios”.
“Queda en claro que la acción de fondo iniciada en 2017, sigue su curso más allá de la revocación de la medida cautelar, y que también se mantienen todas las gestiones que permitan obtener soluciones que eviten el grave perjuicio que al cuerpo judicial y a los Ministerios Públicos en su conjunto ocasiona el impacto de la medida tomada en la fecha”, resume el documento.
A su vez, la Mesa Ejecutiva de la Federación Argentina de la Magistratura y la Función Judicial (FAM) también emitió un comunicado donde expresa “su más honda preocupación ante el pronunciamiento emitido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, en la causa “Asociación de Magistrados de la Justicia Nacional c/ Estado Nacional y otros s/ Incidente de medida cautelar” .
“Los magistrados honrados con un cargo que impone tan alta misión deben ser los primeros ciudadanos llamados a cumplir la ley cabalmente”, advirtieron los supremos
“Dicha decisión implica la ruptura de una línea jurisprudencial histórica fuertemente comprometida con la defensa de la independencia judicial y la preservación de las condiciones de desempeño de la función por parte del Poder Judicial”, advirtió la FAM.
El fallo de la Corte, que contó con al firma de los jueces Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, dejó sin efecto la medida de no innovar dispuesta, y declaró que el artículo 5° de la Ley 27.346 que estipula que pagarán ganancias "los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive” resulta “plenamente aplicable”
“Los magistrados honrados con un cargo que impone tan alta misión deben ser los primeros ciudadanos llamados a cumplir la ley cabalmente”, advirtieron los supremos.