En los autos “M., A. por sí y en representación de sus hijas menores: M. V. M. y B. M.; y M., M. S.; M., I. G. y S/Daños y Perjuicios y Daño Moral”, la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Resistencia confirmó que un hombre y sus seis hijos deberán ser indemnizados por la muerte de su esposa luego de dar a luz en un hospital del Chaco.
El trágico hecho ocurrió en 2001, cuando la mujer luego de dar a luz a una niña en el Hospital “Félix Pértile” de General San Martín. La mujer presentó una hemorragia sanguínea y descompensación por la tardía extracción de la placenta.
Según los peritos, la extracción de la placenta y restos ovulares no debe superar los 30 minutos después del parto, pero en el caso por la ausencia del médico tocoginecólogo, quién no se encontraba en la localidad, la intervención se le practicó varias horas después.
Tras analizar el caso, el Tribunal condenó al médico que llegó tarde y al entonces director del hospital. También responsabilizó al nosocomio por el fallecimiento de la mujer, que era madre de cinco niños-
Sobre este último punto, los jueces advirtieron la “existencia de notorias falencias en la prestación del servicio médico asistencial” brindado a la paciente por la organización de un sistema de guardias pasiva que resultó “absolutamente ineficiente para responder a la demanda de salud requerida en el caso”
También señalaron la inejecución de los deberes correspondientes al médico de guardia pasiva, como también la falta de control de parte del director del establecimiento para garantizar la prestación de los servicios necesarios.
Por último, los jueces la ineficacia del sistema de banco de sangre para proveer la respuesta inmediata requerida. “Todo ello evidencia con creces la responsabilidad del Hospital demandado y del Estado Provincial, como garante del sistema de salud pública”, concluyó el fallo.