20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

El tiro por la culata

El juez porteño Roberto Gallardo frenó la nueva reglamentación policial sobre el uso de armas de fuego impulsada por el Gobierno nacional. Argumentó que la criminalidad "no se resuelve con el uso indiscriminado" de las armas.

El titular del Juzgado N°2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, Roberto Andrés Gallardo, declaró "inaplicable e inconstitucional" la nueva reglamentación sobre el uso de armas de fuego por parte de los miembros de las fuerzas federales de seguridad.

Las actuaciones se iniciaron por una presentación de Myriam Bregman, abogada del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CEPRODH) y presidenta de la Comisión Especial de Seguimiento y Prevención de la Violencia Institucional de la Legislatura porteña, María del Carmen Verdú, abogada referente de la Coordinadora contra la Represión Policial (CORREPI) y Carla Lacorte, víctima y sobreviviente de gatillo fácil. 

Las actoras interpusieron una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad, con el objeto de que se declare la nulidad de la resolución mediante la cual se aprobó el “Reglamento General para el empleo de las armas de fuego por parte de los miembros de las fuerzas de seguridad”. También peticionaron que se dicte como cautelar la suspensión de la misma y se ordene al GCBA abstenerse de aplicarla.

El eje de la discusión se centra en la resolución 956/2018 firmada por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, que amplía los casos en que se permite el uso de armas de fuego por parte de todos los miembros de las fuerzas federales de seguridad.

Señalaron que lo dispuesto por el Ministerio de Seguridad "vulnera derechos y garantías reconocidos en la Constitución Nacional y Tratados Internacionales, específicamente el derecho a la vida y a la integridad de las personas". El diputado nacional Nicolás del Caño adhirió a dicha presentación, mientras que la Asociación Civil Nace un Derecho se sumó a las actuaciones con un petitorio similar.

En este escenario, el juez Gallardo declaró "inaplicabilidad" e "inconstitucionalidad" de la resolución que, entre otras cuestiones, autoriza a las fuerzas de seguridad federales a disparar a personas en situación de fuga.

 

Para el magistrado, "no es necesario ser un eximio especialista en criminología, ni implica desear el desarme de las fuerzas policías, para razonar que la criminalidad no se resuelve con el uso indiscriminado de las armas de fuego, sino con estrategias multidisciplinarias que tiendan a la preservación y a la supresión, con la utilización de aquéllas como ultima ratio ante casos excepcionales".

 

En el fallo de 48 páginas, el magistrado ordenó al GCBA que se abstenga de "adherir o incorporar como pauta de acción local" el reglamento federal o cualquier otro similar. En las últimas horas, el jefe de Gobierno, Horario Rodríguez Larreta, deslizó la posibilidad de que la Ciudad adhiera al nuevo reglamento impulsado por el Gobierno nacional.

"La nueva reglamentación que se intenta consolidar desde el Ministerio de Seguridad de la Nación se avizora más como la intención de avalar el obrar, hasta ahora de licitud incierta de los agentes de las fuerzas de seguridad en uso de sus armas de fuego, que como un intento de paliar la delincuencia", dijo el sentenciante tras recordar el caso del policía "Chocobar", quien mató a un delincuente que escapaba tras haber asaltado a un turista.

Para el magistrado, "no es necesario ser un eximio especialista en criminología, ni implica desear el desarme de las fuerzas policías, para razonar que la criminalidad no se resuelve con el uso indiscriminado de las armas de fuego, sino con estrategias multidisciplinarias que tiendan a la preservación y a la supresión, con la utilización de aquéllas como ultima ratio ante casos excepcionales".

El juez también citó las recientes declaraciones de la ministra Bullrich, quien afirmó que antes del dictado de la resolución “el delincuente tenía que tirar y recién después lo podía hacer un efectivo de seguridad. Esto claramente lo ponía en inferioridad de condiciones. Acá hubo una doctrina en la que las fuerzas de seguridad solo tenían que esperar que el delincuente tire primer”.

Sobre esta última cuestión, Gallardo recordó las practicas del Lejano Oeste -en inglés “Far West”- donde los forajidos y autoridades dirimían los conflictos a punta de pistola y resultaba con vida el más veloz a la hora de disparar. "Pareciera entonces que la ocurrencia para prevenir y luchas contra el delito se circunscribe una simple cuestión: quien dispara primero, el policía o el delincuente", concluyó


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486