La justicia en lo Contencioso Administrativo Federal multó a un abogado por utilizar expresiones descalificativas hacia los peritos designados en la causa. Los jueces resaltaron que ninguna circunstancia justifica el desborde emocional en el ejercicio de la profesión.
En los autos "Z. E. A. c/ Colegio Publico de Abogados de Capital Federal s/ ejercicio de la abogacia – ley 23187 – art 47", la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal multó a un abogado por utilizar expresiones descalificativas hacia los peritos designados en la causa.