En los autos "Insua Leandro c/ Asociart ART S.A. s/ accidente – Ley especial", la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo condenó a una ART a abonarle una indemnización a un trabajador del Poder Judicial que padece una incapacidad psíquica derivada de las condiciones en que cumplía sus tareas.
El demandante se desempeñaba como jefe de despacho en un juzgado y denunció que el clima de trabajo era intimidante, de hostigamiento constante y reiteradas amenazas por parte de la magistrada subrogante de revocar su contrato y dárselo a otra persona, sin descansos durante la extensa jornada laboral, ni siquiera para almorzar, entre otras.
Los jueces comprobaron que el ambiente de trabajo en el juzgado era inadecuado para la prestación de justicia de manera idónea, ya que existía una gran acumulación de causas, debían enfrentar las falencias edilicias y recibían un trato poco amable por parte del juez.
Los miembros del Tribunal tuvieron en cuenta para su resolución los resultados de la pericia psicológica que arrojó que resulta evidente que a raíz del sometimiento a un vínculo laboral estresante y violento por más de tres años fue desarrollando en el evaluado sintomatología de ansiedad y depresión.
En ese sentido, los camaristas sostuvieron que la conducta de trabajo adoptada por el trabajador se constituyó como un elemento determinante en la detección de la patología descripta por la psiquiatra y receptada en la sentencia de grado: el daño psíquico.
Finalmente, los magistrados resolvieron confirmar la sentencia de anterior instancia y condenaron a la aseguradora de riesgos del trabajo a pagar una importante suma de dinero al trabajador afectado.
Los jueces comprobaron que el ambiente de trabajo en el juzgado era inadecuado para la prestación de justicia de manera idónea, ya que existía una gran acumulación de causas, debían enfrentar las falencias edilicias y recibían un trato poco amable por parte del juez.