La Justicia en lo CAyT porteña habilitó la Feria y falló a favor de una paciente para que se le provea en 48 horas una medicación oncológica. La amparista necesita el medicamento para seguir viviendo.
En los autos “R., A.F contra GCBA y otros sobre medida cautelar autónoma”, el titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario de Feria N° 3, Marcelo López Alfonsín, hizo lugar a una medida cautelar presentada por una paciente oncológica y ordenó que en el plazo de dos días se le asigne la medicación prescripta o se provean las sumas necesarias para su adquisición inmediata, hasta tanto se dicte sentencia definitiva.
Las actuaciones se iniciaron por el amparo impulsado por la mujer contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires – Ministerio de Salud- con el objeto que se le ordene a la demandada a que en el plazo de 48 horas se le haga entrega de medicamentos oncológicos que requiere “para detener el avance del cáncer invasivo metatásico” que padece. La amparista necesita el medicamento para seguir viviendo.
En su defecto, la mujer solicitó el importe necesario para la adquisición de los mismos, monto que asciende los 230 mil pesos, para cubrir la primera etapa del tratamiento prescripto por los profesionales del Hospital “Juan A. Fernández”.
En el fallo, el juez tuvo por acreditada la gravedad del cuadro de enfermedad oncológica que presenta la mujer, como así también la necesidad de la provisión urgente de los medicamentos prescriptos que, ante la falta de los mismos, se vería “interrumpido el tratamiento oncológico indicado por un facultativo integrante del Sector de Oncología de un efector de la Ciudad de Buenos Aires, con el riesgo que ello conllevaría para su salud”.
La actora, quien no cuenta con obra social, está cursando un cáncer invasivo y avanzado de mama de tipo inflamatorio con metástasis en huesos e hígado. El tumor ocupa toda la mama y no es operable dado su tamaño.
En el fallo, el juez tuvo por acreditada la gravedad del cuadro de enfermedad oncológica que presenta la mujer, como así también la necesidad de la provisión urgente de los medicamentos prescriptos que, ante la falta de los mismos, se vería “interrumpido el tratamiento oncológico indicado por un facultativo integrante del Sector de Oncología de un efector de la Ciudad de Buenos Aires, con el riesgo que ello conllevaría para su salud”.