20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

La Justicia tucumana responde al escándalo

La Dirección de Comunicación Pública de la Corte Suprema de Tucumán emitió un documento donde desmintió al Ministerio de Salud y su proceder ante el caso de la niña de 11 años violada que solicitó una Interrupción Legal del Embarazo (ILE). El organismo destacó que no se necesita orden judicial para acceder a este tipo de prácticas.

Por:
Cindy
Monzón
Por:
Cindy
Monzón

A raíz del repudio e indignación que causó el caso de "Lucía", la menor de 11 años violada por la pareja de su abuela que solicitó una ILE y fue sometida a una cesárea, el Superior Tribunal emitió un comunicado donde aclaró que todo lo relacionado a este tipo de prácticas "no es materia que deba ser judicializada".

De esta manera, la Corte Tucumana desmintió lo dicho por el Ministerio de Salud de la provincia, a cargo de Rossana Chahla, donde ”se menciona que se dará cumplimiento a la Doctrina F.A.L. y a la consecuente interrupción legal del embarazo ‘en procura de salvar las dos vidas’, que no refleja lo resuelto en el expediente judicial, toda vez que el expediente no menciona que la aplicación de la Doctrina tenga esa finalidad”. 

El comunicado recordó lo dispuesto en el fallo F.A.L de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del año 2013, en el cual el Máximo Tribunal exhorta a los tres poderes del Estado al cumplimiento de la interrupción legal del embarazo y, en particular, ese exhorto ordena al Poder Judicial la no judicialización de estos casos.

La Dirección de Comunicación Pública de la Corte, a pedido de la presidencia, emitió el texto con la intención de dar a conocer “acerca de las actuaciones del Juzgado en Familia y Sucesiones de la V° Nominación en el caso de la menor identificada como ‘Lucía’, internada en el Hospital Eva Perón”.

Detallaron que el juzgado a cargo de Valeria Brand tomó intervención en el caso “diez días atrás” para “hacer cumplir el Sistema de Protección Integral de NNA (Ley 26.061), con la finalidad de brindar contención y posibilitar soluciones a futuro para la niña, víctima de abuso sexual intrafamiliar”.

La Cartera de Salud aseguró que daría curso a lo dispuesto por Brand, “en función de lo peticionado por la niña y su progenitora y –según el oficio- conforme  (a la) doctrina pacíficamente aceptada emanada del fallo FAL’, y para que se continúen los procedimientos necesarios en procura de salvar las dos vidas”. Las declaraciones fueron rechazadas por la Corte.

El comunicado recordó lo dispuesto en el fallo F.A.L de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del año 2013, en el cual el Máximo Tribunal exhorta a los tres poderes del Estado al cumplimiento de la interrupción legal del embarazo y, en particular, ese exhorto ordena al Poder Judicial la no judicialización de estos casos.

 

Aparecen en esta nota:
Tucumán ILE aborto menor STJ

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486