20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Si el banco pierde los empleados también

La Cámara Federal Córdoba confirmó el rechazo de una demanda entablada por un empleado bancario que fue despedido con justa causa, por haberse comprobado irregularidades en el sector donde trabajaba,

Por:
Tomás
Ressa
Por:
Tomás
Ressa

La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba resolvió confirmar en la cuasa "M.M.E.c/ B.N.A. s/ DESPIDO” una sentencia que dispuso rechazar una demanda en contra del Banco de la Nación Argentina, iniciada por un ex empleado que fue despedido a causa de haberse detectado irregularidades en el sector donde trabajaba,

De los antecedentes se extrajo que el accionante promovió demanda en contra del Banco de la Nación Argentina por la suma de $ 56.550, intereses y costas. Relató que “ingresó a trabajar en esa entidad en 1974 en la ciudad de Cruz del Eje, como Auxiliar en tareas administrativas” y que luego fue progresando hasta llegar al cargo de Jefe de Área I a cargo de Contaduría de la Sucursal Calchín.

 

La demandada negó que el actor haya sido despedido sin justa causa y que ello implique fraude laboral, ni adeudar suma alguna por despido injustificado y preaviso

Según el relato del actor, tras “un comportamiento correcto y eficaz no correspondido por la demandada”, recibió un comunicado de parte del BNA decretando su “despido por Justa Causa, al haber quedado configurado las causales de injuria grave y pérdida de confianza que imposibilitan la continuidad del vínculo laboral y tornan procedentes el ejercicio de las facultades disciplinarias previstas en el art. 242 de la Ley de contrato de trabajo”.

El accionante aludió  a “la falta de fundamentación dada por la entidad empleadora al momento de despedirlo”, en virtud de considerar que la misma “no ha tenido en cuenta que el único responsable del hecho fraudulento dañoso fue otro empleado, quien reconoció la situación de manera expresa”.

La demandada negó que el actor haya sido despedido sin justa causa y que ello implique fraude laboral, ni adeudar suma alguna por despido injustificado y preaviso.El Juez Federal N°2 de Córdoba admitió la defensa y en consecuencia rechazó la demanda entablada el actor en primera instancia. Por su parte, la Cámara Federal de Apelaciones, integrada por los jueces Luis Rueda, Liliana Navarro y Abel Sánchez Torres, resolvió confirmar la sentencia de primera instancia, rechazando la demanda del actor contra el BNA.

El tribunal, luego de valorar la prueba aportada y los cargos atribuidos en el sumario administrativo, evaluó que la conducta del accionante “quedó incursa en la causal despido, por injuria grave y pérdida de confianza que imposibilita la continuidad del vínculo laboral”, tornando procedente el ejercicio de las facultades disciplinarias del art. 242 de la Ley de Contrato de Trabajo, además de resultar responsable patrimonial y subsidiariamente del perjuicio que en definitiva soporte el Banco en este asunto.

Tuvieron en cuenta que la causal de despido de la demandada fue la de “injuria grave y pérdida de confianza que imposibilita la continuidad del vínculo laboral” por su propio comportamiento de “omisión” en el cumplimiento de sus funciones. Para la entidad, e su incumplimiento 

En el sumario, se enumeraron “su falta de diligencia en los punteos diarios de las operaciones de la sucursal , en el Sector Caja de Ahorros, como en las autorizaciones de extracciones en moneda extranjera en el mismo sector, y en el control de las operaciones y del personal, que de haberlas realizado habrían imposibilitado y/o evitado las maniobras" cometidas por otro de los empleados, por lo que el incumplimiento del actor "constituyó un factor determinante para que ocurriera el desfalco ocurrido”.

 

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