20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Y ahora, ¿quién liquida Ganancias?

Magistrados y empelados judiciales reclamaron que la liquidación de Ganancias sea realizada por personal del propio Poder Judicial y rechazaron la tercerización del servicio en una empresa privada.

El Consejo de la Magistratura de la Nación quedó envuelto en una nueva polémica por la liquidación del Impuesto a las Ganancias a los jueces y empleados judiciales.

En febrero pasado, el cuerpo aprobó el protocolo para aplicar la retención de Ganancias sobre las remuneraciones de magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación nombrados a partir del 2017. La reglamentación cerró el conflicto sobre la aplicación del tributo, sin embargo,el tema de la liquidación reavivó el malestar de los funcionarios judiciales.

El organismo, encargado de la selección y sanción de magistrados, celebró una contratación directa con la empresa privada DDL Outsourcing SRL para el cálculo de los rubros y deducciones.

La Subdirección de Finanzas Contabilidad y Presupuestos argumentó que la firma oferente resultaba “técnicamente admisible y equitativa a los valores del mercado”. El contrato alcanza los 485 mil pesos y vence en julio próximo, aunque puede ser prorrogado por un período de hasta seis meses.

 

Las quejas de los judiciales

Fue la propia Unión de Empleados Judiciales de la Nación (UEJN), quien reclamó, mediante una nota, que la liquidación del tributo sea efectuada por personal propio del Poder Judicial y rechazó la intervención de una empresa privada por considerar que se trata de “información sensible y personalísima”.

El gremio liberado por Julio Piumato señaló que la empresa contratada “no solo se dedica a la tarea encomendada, sino que además efectúan tareas tendientes a la administración de personal, gestión de talentos, selección y búsqueda de personal, entre otros servicios”.

"La empresa contratada accederá a fin de cumplir con la labor encomendada a información sensible y personalizada de magistrados, funcionarios y empleados", indicaron.

 

 

A esta situación se suman las demandas individuales que reclaman la declaración de inconstitucionalidad la ley 27.346. El argumento central se basa en la distinción que generó la normativa entre los integrantes del Poder Judicial, ya que solo graba a un grupo de jueces y funcionarios nombrados a partir del 2017.

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Los magistrados se unieron al reclamo y explicaron que toda la información derivada del pago del tributo “estaría siendo reunida, guardada y a disposición de una empresa privada”. También expresaron su disconformidad por una serie de errores en los cálculos de los descuentos.

Frente a las críticas, los consejeros comenzaron a estudiar las diferentes propuestas y la posibilidad de capacitar a sus propios contadores, lo que será analizado en la próxima reunión de la Comisión de Administración y Financiera.

A esta situación se suman las demandas individuales que reclaman la declaración de inconstitucionalidad la Ley 27.346. El argumento central se basa en la distinción que generó la normativa entre los integrantes del Poder Judicial, ya que solo grava a un grupo de jueces y funcionarios nombrados a partir del 2017.

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