La justicia en lo Contencioso Administrativo condenó a una empleada pública a devolver los pagos abonados en exceso porque no justificó las inasistencias incurridas con posterioridad a la finalización de la licencia por maternidad.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, integrada por los jueces Jorge Argento, Carlos Grecco y Sergio Fernandez, resolvió que una empleada pública debe reintegrar las sumas abonadas en exceso porque no justificó las inasistencias incurridas con posterioridad a la finalización de la licencia por maternidad.
En la causa "UBA c/ Calicchio Daniela s/ empleo público", los miembros del Tribunal confirmó la sentencia que condenó a la mujer al pago de una suma, en concepto de reintegro de haberes abonados de más, con más intereses a la tasa pasiva desde el momento en que tomo conocimiento de la deuda y hasta el momento de su efectivo pago.
La mujer siguió cobrando una suma mensual correspondiente a una licencia por enfermedad que nunca le fue concedida, a pesar que lo solicitó.
Los jueces explicaron que si bien la demandada al finalizar la licencia por maternidad solicitó una prórroga de tres meses por angustia post parto, dicha petición no fue concedida, por lo que debió reintegrarse inmediatamente a sus labores o, en su caso, presentar un nuevo certificado que sea apto para que la misma le fuere otorgada, lo que no ocurrió.
"Toda vez que la agente demandada no logró demostrar que la carta documento en la cual se la intimó al reintegro laboral y la presentación de los justificativos del caso, fuera enviada a un domicilio anterior, se juzga que fue dirigida al único domicilio que figura como denunciado en su legajo personal", sostiene el fallo.
En ese sentido, los magistrados agregaron que tampoco logró demostrar, con pruebas fehacientes, "que faltaran en dicho legajo los formularios de denuncia de casamiento, del nacimiento de su segundo hijo, pedido de licencia por maternidad, entre otros, que darían cuenta de la constitución de un nuevo domicilio, o de que la institución universitaria hubiera actuado de forma maliciosa y contraria a los deberes de buena fe y lealtad en el diligenciamiento de la misiva".
La mujer siguió cobrando una suma mensual correspondiente a una licencia por enfermedad que nunca le fue concedida, a pesar que lo solicitó.