El Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Corrientes condenó a un año de prisión efectiva a un hombre por violencia de género. Para los jueces, la autoría del condenado es incuestionable.
El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes rechazó el recurso de casación planteado a favor del condenado y dejó firme la sentencia del Juzgado de Instrucción N° 3 y Correccional de Goya que lo condenó a un año de prisión por lesiones agravadas por el contexto de pareja y violencia de género.
La defensa del agresor, que golpeó a su ex pareja y le causó lesiones gravísimas, expresó que se había violado el principio de la sana crítica racional en la valoración de la prueba y cuestionó el modo en que se corroboraron las lesiones y la datación que se efectuó de las mismas.
Los miembros del Máximo Tribunal provincial coincidieron en que el grado de certeza de la autoría del hombre condenado era incuestionable y la valoración de las pruebas así lo demuestran.
En esa línea, agregó que las lesiones pudieron haber sido cometidas por cualquier otra persona, en cualquier otro momento y con cualquier, "concluyendo con todo respeto, que no se podía considerar que estuviera acreditada la autoría por parte de Centurión con el grado de certeza para conminarlo a prisión efectiva".
El fallo, que lleva la firma de Alejandro Alberto Chain, Eduardo Gilberto Panseri, Guillermo Horacio Semhan, Luis Eduardo Rey Vázquez, y Fernando Augusto Niz, sostiene que los agravios y la crítica genérica “no demostraban ni proporcionaban un fundamento que hiciera perder la solidez formal y jurídica de la sentencia”.
Los miembros del Máximo Tribunal provincial coincidieron en que el grado de certeza de la autoría del hombre condenado era incuestionable y la valoración de las pruebas así lo demuestran.