El juez federal Enrique Lavié Pico rechazó un amparo del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires para anular el nombramiento del diputado Eduardo "Wado" de Pedro como integrante del Consejo de la Magistratura de la Nación.
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 6, a cargo del juez Enrique Lavié Pico, rechazó un amparo impulsado por el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, a los fines de anular el nombramiento del diputado del FpV Eduardo "Wado" de Pedro como integrante del Consejo de la Magistratura de la Nación.
En diciembre último, la entidad encabezada por Guillermo Lipera interpuso una acción de amparo contra la Cámara de Diputados de la Nación y el diputado Eduardo de Pedro para que se declare la nulidad de su nombramiento órgano encargado de seleccionar a los jueces y promover su destitución en caso de mal desempeño. También solicitó que se efectúe un nuevo nombramiento.
La presentación señaló que se “violó palmariamente la prohibición de reelección, en períodos consecutivos”, en virtud del artículo 3 de la Ley 24.937-modificado por la Ley 26.855-, el cual dispone la duración de los miembros en el cargo y establece que pueden "ser reelectos con intervalo de un período".
En las elecciones de 2011, De Pedro fue electo diputado nacional por el Frente para la Victoria, representando a la provincia de Buenos Aires. En febrero de 2014 asumió en el Consejo para completar el período de la diputada Stella Maris Córdoba. Luego fue designado titular del Consejo de la Magistratura en representación de la mayoría parlamentaria.
Posteriormente, al ser designado Secretario General de Presidencia de la Nación, renunció a su cargo de consejero titular y fue reemplazado por Anabel Fernandez Sagasti. En 2015 fue nuevamente electo diputado y, en noviembre último, fue nombrado como miembro titular del Consejo.
En este escenario, el juez Lavié Pico consideró "inadmisible acceder a la pretensión”, al entender que “no es otra que intentar por medio de la presente acción de amparo que la judicatura intervenga y modifique una cuestión que ya fue debatida, examinada y decidida en el seno de la Cámara de Diputados de la Nación y, posteriormente, dentro del ámbito del Consejo de la Magistratura, en el ejercicio de sus facultades propias y excluyentes”.
Sobre este último punto, el magistrado federal explicó que la designación del consejero resultó de la “voluntad de los distintos bloques legislativos”, y recordó que la propia Corte Suprema le tomó juramento de ley.
Asimismo, consideró que el Consejo de la Magistratura “convalidó” por unanimidad el nombramiento al resolverse la designación de sus autoridades y la composición de las distintas comisiones. De Pedro integra actualmente las Comisiones de Selección de Magistrados y Escuela Judicial, de Administración y Financiera, y de Reglamentación.
Por último, Lavié Pico resaltó que el nombramiento del diputado como representante del estamento legislativo "no fue impugnado" por la Cámara Baja ni en el seno del propio Consejo de la Magistratura.
De este modo, el magistrado señaló que una resolución contraria “implicaría no sólo desconocer la voluntad popular expresada por los representantes del Poder Legislativo, sino también la injerencia o el control sobre actos que han sido resueltos por los órganos con competencia para ello, con menoscabo para las instituciones democráticas y el Estado de Derecho”.
Por último, Lavié Pico resaltó que el nombramiento del diputado como representante del estamento legislativo "no fue impugnado" por la Cámara Baja ni en el seno del propio Consejo de la Magistratura.
“Resulta claro que decidir sobre la pretensión articulada en autos importaría avanzar en torno a una cuestión privativa de otro poder del Estado”, advirtió y concluyó: “(…) No corresponde al Poder Judicial intervenir y modificar la votación y decisión de cuestiones que son propias de los órganos correspondientes; en el caso, de la Cámara de Diputados de la Nación y del Consejo de la Magistratura de la Nación”.