04 de Julio de 2024
Edición 6999 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/07/2024

El padre preso no abandona a su familia

La Cámara del Crimen ratificó el rechazo a un pedido de prisión domiciliaria de un hombre, para que pueda hacerse cargo de sus hijas menores y realizar salidas laborales. Aseguró que es el único sostén de la familia y su esposa no se encontraría en condiciones de poder procurar un trabajo

La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, integtrada por los jueces Pablo Guillermo Lucero e Ignacio Rodríguez Varela avaló el rechazo in límine de la solicitud de prisión domiciliaria con salidas laborales promovida por la defensa de un detenido que tiene dos hijas de siete y 17 años que se encuentran al cuidado de su esposa.

En la causa “S., J. L. s/prisión domiciliaria”, la defensa, invocando razones humanitarias enmarcadas en la contención familiar y primordialmente el interés superior del niño,explicado que el imputado sería el único sostén de la familia y su esposa no se encontraría en condiciones de poder procurar un trabajo mediante el cual poder mantener a las hijas que tienen en común, solicitó el beneficio de prisión domiciliaria

La sentencia sostuvo que, si bien la detención provocó estrecheces económicas en la familia y angustia en las menores, no se verificaba en el caso un cuadro de abandono que vulnere el interés superior del niño.

El abogado agregó que el estado de detención de su cliente truncó las necesidades básicas, tales como alimentarias, psicológicas y físicas de cada uno de los integrantes de su familia. Aseguró que de otorgársele el beneficio, no se verá obstruida o interrumpida en forma alguna la investigación, que cumplirá las reglas de conducta que se le impongan durante la sustanciación del proceso y las condiciones que se establezcan para sus salidas laborales. 

Los miembros del Tribunal explicaron que la norma invocada por la defensa solo se aplica a progenitoras del sexo femenino con niños menores de 5 años de edad y que tampoco se daban los supuestos de excepcionalidad referidos en los casos jurisprudenciales detallados por la defensa.

Además, "en orden a las dificultades de índole económica puestas en evidencia durante la audiencia oral, indicaron que existían otras alternativas de protección Estatal (programas dentro de la órbita del Poder Ejecutivo) e inclusive el detenido podía solicitar la asignación de tareas remuneradas dentro de su unidad carcelaria para colaborar con la manutención de su familia", resaltaron los camaristas.

La sentencia sostuvo que, si bien la detención provocó estrecheces económicas en la familia y angustia en las menores, no se verificaba en el caso un cuadro de abandono que vulnere el interés superior del niño.

 

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