20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

Fotocopiar sin permiso del autor atenta la propiedad intelectual

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó una sentencia que dispuso el procesamiento de un hombre en orden al delito previsto en el artículo 72 inciso a de la ley 11.723; por la reproducción de partes de libros sin la debida autorización de sus autores, en perjuicio del derecho de propiedad intelectual de los mismos.

En la causa “K. E. s/ procesamiento”, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la sentencia de grado, que dispuso el procesamiento de E. S. K. en orden al delito previsto en el artículo 72 inciso a de la ley 11.723; en tanto la reproducción de partes de libros, sin la debida autorización de sus autores, en perjuicio del derecho de propiedad intelectual de los mismos.

 “En función de ello se considera que la reproducción de partes de libros, sin la debida autorización de sus autores, en perjuicio del derecho de propiedad intelectual de éstos, cuando se ejecuta obteniendo un lucro, encuadra en la figura que tipifica el art. 72, inc. “a” de la ley 11.723” concluyeron los jueces.

 

Los jueces que componen el Tribunal - Pablo Guillermo Lucero y Mauro A. Divito- recordaron que  F. A. M. es socio gerente de la sociedad “C D B”, dueña de los derechos de los libros didácticos ‘BRASIL INTERCULTURAL -Lingua e cultura brasileira para extrangeiros- Ciclo Básico -Niveis 1 e 2 ´ y su correspondiente ‘Libro de Exercicios’.

Que en ese orden, en la fotocopiadora que pertenece al demandado, dichos libros se ofrecían a la venta en un formato anillado de fotocopias en blanco y negro y bajo el título ´Portugues I 2018 ´ la reproducción de 119 páginas tomadas de ambos libros de enseñanza sin ninguna autorización de C. D.B., y omitiéndose además el nombre de la empresa editora como las demás cuestiones que hacen a la titularidad de los derechos intelectuales.

“Esto se pudo corroborar mediante la adquisición, de parte de los damnificados, en fecha 18 de agosto de 2018, de un ejemplar de dicho anillado fotocopiado por un valor de $ 220, cuando los libros origínales tienen un precio de $ 700 y $ 300 respectivamente” afirmaron los magistrados.

En el caso, F. A. M., socio gerente de la sociedad “C. D. C. y E. D. O.S.R.L.”, denunció la comercialización, en el local del imputado, de partes de libros editados por esa empresa. En un allanamiento al local mencionado realizado en noviembre de 2018, secuestraron una carpeta plástica de color azul con inscripción ´Portugues´que contenía varias fotocopias de los libros sin autorización.

 “En función de ello se considera que la reproducción de partes de libros, sin la debida autorización de sus autores, en perjuicio del derecho de propiedad intelectual de éstos, cuando se ejecuta obteniendo un lucro, encuadra en la figura que tipifica el art. 72, inc. “a” de la ley 11.723” concluyeron los jueces.

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