05 de Noviembre de 2024
Edición 7085 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/11/2024

Las reformas las pagan los médicos

La Cámara Civil ordenó a los responsables de una mala praxis médica a cubrir los costos necesarios para la adaptación de la vivienda que habita la víctima, una beba recién nacida con una lesión cerebral a causa de ausencia de controles.

En los autos "R. C. L. y otros c/ C. G. de B. A. y otros s/ daños y perjuicios. resp. prof. médicos y aux.", la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil condenó a los responsables de la mala praxis médica del demandante a realizar las obras de adaptación de su vivienda.

Los miembros del Tribunal confirmaron la sentencia que condenó a los profesionales y al hospital demandado a cubrir los costos necesarios para la adaptación de la vivienda que habita la menor de edad víctima de una mala praxis médica, ya que dicho resarcimiento es una consecuencia reparable.

La demanda fue interpuesta por la madre de la menor, quien ingresó embarazada al hospital y luego de un control los médicos decidieron inducir el parto. Por las demoras y falta de control durante el proceso, la beba nació con un daño cerebral irreversible que le impedirá moverse por sus propios medios.

Los jueces sostuvieron que "la obligación de los médicos obstetras es de medios, pues estos profesionales de la salud, al igual que en cualquier otra especialidad, no pueden comprometer resultados, no solo porque le viene prohibido por las normas jurídicas y éticas que regulan su profesión -sin distingo de especialidad alguna- sino porque en esta especialidad también están presentes todo tipo de aleas que son las caracterizan a las obligaciones de medios".

En esa línea, agregaron que la responsabilidad de los profesionales de la medicina es un deber de actividad, "de obrar con la debida diligencia en vista del objetivo de curación del paciente, pero sin asegurar el resultado de dicha actividad, responsabilidad subjetiva que requiere, por lo general, una cabal demostración de la culpa".

La demanda fue interpuesta por la madre de la menor, quien ingresó embarazada al hospital y luego de un control los médicos decidieron inducir el parto. Por las demoras y falta de control durante el proceso, la beba nació con un daño cerebral irreversible que le impedirá moverse por sus propios medios.

Los ​camaristas tuvieron en consideración la historia clínica, que mostró que no sólo hay enmiendas y sobre raspados sino que hay ausencias de controles, monitorios cardíacos, suspensión de medicación, entre varias otras omisiones que afectan, aún más, la postura de las demandadas.

 

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486