20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

Suspendido por un fallo xenófobo

Un juez de La Plata fue suspendido por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados por haberle agravado la pena a una trans por ser extranjera. Sufrió también un embargo del 40% de su salario

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios Bonaerenses, presidido por el juez de la Suprema Corte Eduardo De Lázzari, resolvió suspender y trabarle un embargo del 40% del salario al juez Juan Jose Ruiz, por haber agravado una condena a una persona trans, por el hecho de su condición y por ser extranjera.

Los hechos tuvieron lugar en 2016, cuando el Tribunal Oral Criminal I de La Plata (conformado en forma unipersonal por el delito que se juzgaba), condenó a 5 años y 3 meses de prisión a Claudia Córdova Guerra, una persona trans de nacionalidad peruana, y tomó como agravante que se trataba de una extranjera.

Córdova Guerra había sido detenida en abril de 2014 con un gramo y medio de cocaína. El juez sostuvo en sus fundamentos que "el Estado puede y debe sanciones como pena accesoria a la de prisión y agravar las penas a los extranjeros que cometan delitos comunes en el país, sin que ello importe violación a los principios de igualdad ante la ley y de no discriminación entre otros (sic)”.

Además, el expediente judicial trataba a Claudia Guerra en masculino y por su nombre anterior, algo que transgrede la Ley de Identidad de Género sancionada en 2012. Apenas mencionaba su nombre como un “alias” y hacía menciones a “persona travestida”.

 

Para así resolver, el Jurado de Enjuiciamiento argumentó que  se decidió avanzar en el proceso contra Ruiz por "el tratamiento desigual que recibió la imputada al no cumplir la ley 26743 de Identidad de Género y a la discriminación xenófoba, en clara violación a la ley 23.592".

 

A raíz de esta resolución, presentaron denuncias la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), la Federación Argentina de Lesbianas Gays y Trans y travestis (FALGBT), la Asociación de Travestis Trans y Transgénero de la Argentina (ATTTA), la Comisión provincial de la Memoria y María Rachid.

Ruiz aclaró que no agravó la condena de Córdova Guerra "por ser peruana o por ser pobre", sino que lo hizo porque debía responder a un pedido del fiscal y porque se trataba de "una extranjera que cometió delitos comunes en el país".

Sin embargo, el Jurado de Enjuiciamiento argumentó que  se decidió avanzar en el proceso contra Ruiz por "el tratamiento desigual que recibió la imputada al no cumplir la ley 26743 de Identidad de Género y a la discriminación xenófoba, en clara violación a la ley 23.592".


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