20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Ley de Riesgos del Trabajo

El DNU que agitó el ámbito judicial

El CPACF presentó una acción de amparo contra el DNU que recortó las indemnizaciones por accidentes laborales. La entidad busca que se declare inconstitucional a la medida.

El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF), a cargo de Eduardo Awad, presentó un amparo para que se declare inconstitucional el DNU publicado por el Poder Ejecutivo que redujo las indemnizaciones por accidentes de trabajo.

Bajo el patrocinio de Jorge Rizzo y Juan Pablo Echeverria, el organismo argumentó que la medida dictada por el gobierno "es a todas luces inconstitucional ya que no existen circunstancias excepcionales que justifiquen su dictado, mucho menos en una materia ya regulada por una ley". En ese sentido, agregaron que si el Ejecutivo consideraba que era un cuestión urgente debió convocar a sesiones extraordinarias del Congreso de la Nación.

El texto destaca que las indemnizaciones por infortunios de índole laboral, en atención a la naturaleza jurídica de estos créditos (alimentaria), resultan ser de orden público y, por lo tanto, "no existe la necesidad ni la urgencia para proceder a su dictado".

En su presentación, el Colegio se preguntó si ¿caso para el Poder Ejecutivo Nacional resulta más urgente asegurar -bajo el eufemismo de “viabilidad del sistema”, la ganancia de las Aseguradoras de Riesgo del Trabajo, que garantizar el derecho a la alimentación y seguridad alimentaria?. 

Rizzo y Echeverria resaltaron que su presentación tiene el doble propósito "proteger de a la masa de los trabajadores de un nuevo atropello por parte del Estado como ha sucedido en los últimos años con las anteriores modificaciones al sistema de infortunios de trabajo, sino también de preservar la Supremacía de nuestra Carta Magna". 

Al respecto, los letrados argumentaron que el gobierno nacional, en el mejor de los casos, podría haber propuesto el dictado de una norma que fomente o refinancie los fondos de las aseguradoras, "pero jamás que cercene derechos de la parte débil en esta relación", como son los trabajadores.

El texto destaca que las indemnizaciones por infortunios de índole laboral, en atención a la naturaleza jurídica de estos créditos (alimentaria), resultan ser de orden público y, por lo tanto, "no existe la necesidad ni la urgencia para proceder a su dictado".

Por último, los letrados detallaron que el contenido del decreto impugnado requiere del análisis de la competencia del Fuero del Trabajo para su resolución, "ya que el cercenamiento de los legítimos derechos de propiedad, trabajo, de los trabajadores afectados por una enfermedad o accidente laboral, comprendidos también los abogados/trabajadores, representados por esta Institución Profesional, en clara violación a lo establecido por la Norma Suprema, demanda una rápida solución por parte de la Justicia del Trabajo".

 

 

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