17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024
Diario Judicial publica el texto del amparo

Un elefante en la Corte

En Nueva York, los abogados de un elefante que vive en un zoológico acudieron a la Corte por entender que el animal se encuentra “encarcelado ilegalmente” y que tiene derechos similares a los de un ser humano, por ello piden que sea reubicada en un santuario donde pueda socializar. 

En Estado Unidos, la organización Proyecto de Derechos No Humanos acudió a la justicia para defender la personalidad jurídica del elefante Happy, que habita en el zoológico de El Brox, en la ciudad de Nueva York. Para el presidente de la entidad, Steven Wise el animal se encuentra en pésimas condiciones y pidió su traslado a un santuario para que pueda convivir con otros elefantes.

En el habeas corpus presentado, que se puede leer en exclusiva en Diario Judicial, el organismo sostuvo que Happy debe ser considerado persona, ya que dicho término "designa la categoría más fundamental de la ley al identificar aquellas entidades capaces de poseer un derecho legal. La personalidad puede determinar, entre otras cosas, quién cuenta, quién vive, quién muere, quién está esclavizado y quién es libre".

Para los demandantes, tal como lo expusieron en su presentación, el término "persona" nunca ha sido sinónimo de "ser humano" y puede designar una entidad más amplio, más estrecho o cualitativamente diferente de un ser humano.

Ayer se realizó la primera audiencia donde la jueza Alison Tuitt desestimó la denuncia y resaltó que Happy, quien vivió en cautiverio toda su vida, no dejó de comer, lo que demostraría que no se encuentra deprimido, como alegó la entidad, y expresó sus dudas sobre la capacidad de supervivencia del animal en un santuario, donde viviría de una manera diferente a la que está acostumbrado.

En una entrevista al The New York Post, Wise resaltó que "como todos los elefantes, Happy es un ser autónomo que evolucionó para caminar 20 millas o más al día como miembro de un gran grupo social multigeneracional” y "la totalidad de la exhibición de elefantes del zoológico proporciona mucho menos del 1% del espacio que recorrería en un solo día en la naturaleza”.

En caso que la jueza le de la razón a la ONG, el animal podría ser llevado a alguno de los santuarios dentro de los Estados Unidos que aceptan elefantes, incluidos los de Tennessee, Georgia y California.​ Lo cierto es que los antecedentes en este tipo de causas muestran que la mayoría de las denuncias suelen ser desestimadas.

En el pasado mes de mayo, el Tribunal de Apelaciones del estado de Nueva York dictaminó en una votación de 5 a 0 que los chimpancés no son personas jurídicas en una demanda similar presentada por la misma asociación. 

Para los demandantes, tal como lo expusieron en su presentación, el término "persona" nunca ha sido sinónimo de "ser humano" y puede designar una entidad más amplio, más estrecho o cualitativamente diferente de un ser humano.

El caso "Sandra"

LA Justicia Argentina, por el contrario, le dio entidad de sujeto no humano a una orangutana que residía en el ex zoológico porteño -actual ecoparque-. Fue en 2014, cuando la Cámara Federal de Casación Penal admitió tratar un habeas corpus impulsado por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA), que denunció un “confinamiento injustificado de un animal con probada capacidad cognitiva”.

El caso llegó a la Justicia porteña, que finalmente dispuso que Sandra sea trasladada a un santuario en los Estados Unidos. La medida pudo hacerse efectiva a fines de setiembre de este año, cuando la orangutana, luego de un largo viaje, arribó al santuario Center for Great Apes, en Florida

 

 

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