La Legislatura de Río Negro reformó cuatro artículos de su Código Procesal Penal, referente a los juicios por jurados, y, desde ahora, los delitos con penas superiores a 12 años de prisión serán juzgados por ante un jurado de 12 personas.
Por unanimidad, la Legislatura de Río Negro aprobó la reforma de cuatro artículos de su Código Procesal Penal y estableció que todos aquellos delitos con penas superiores a 12 años de prisión serán juzgados ante un jurado de 12 personas.
Río Negro incorporó desde marzo la modalidad de juicio por jurados para delitos graves y su anterior redacción contemplaba dos clases de jurados: uno de siete personas para delitos entre 12 y 25 años de prisión y otro de 12 personas para 25 o más años de prisión.
Los legisladores expresaron que la ampliación del número de jurados "permite ampliar la proyección multiplicadora de este experiencia de aprendizaje que derrama sus beneficios sobre la comunidad generando y permitiendo generar ciudadanía".
Los jurados tienen como misión ver y escuchar todo el juicio donde recibirán, sin intermediarios, todas las pruebas, testimonios y alegatos. Con esa información deberán decidir si la persona acusada es o no es culpable del delito. Asimismo, para llegar al veredicto el jurado discutirá en una sesión absolutamente secreta.
La deliberación puede durar hasta dos días y, para asegurar su tranquilidad, podrán pedir un régimen de resguardo o incomunicación.
Los legisladores expresaron que la ampliación del número de jurados "permite ampliar la proyección multiplicadora de
este experiencia de aprendizaje que derrama sus beneficios sobre la comunidad generando y permitiendo generar ciudadanía".
La importancia del número
Consultados por este medio, desde el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), expresaron que "el número de 12 jurados – ni uno más, ni uno menos- es una de las columnas vertebrales del juicio por jurados en la historia, junto con la unanimidad e inapelabilidad del veredicto y el voir dire para seleccionar al jurado. Más que eso, se trata de una garantía constitucional integrante de la garantía en sí misma del juicio por jurados".
"La cifra de 12 miembros es un número manejable para cualquier sistema judicial. La inmensa mayoría de los países del mundo con jurados clásico juzgan con doce", agregaron.
El organismo también destacó que la razón principal es, además, de orden político: el número de 12 garantiza que las minorías queden representadas en los paneles de jurado, cumpliendo así la manda constitucional de poseer jurados verdaderamente representativos de la comunidad.
Por otra parte, la Asociación Argentina de Juicio por Jurados (A.A.J.J.), recordó el discurso del ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Horacio Rosatti, que dio días atrás en una conferencia magistral sobre juicio por jurados en Entre Ríos. En dicha ocasión, el juez expresó: "Resalto la importancia de la implementación de un jurado de tipo clásico. Celebro que el jurado será totalmente popular y obligatoriamente no jurídico, con lo que estarán todos en igualdad de condiciones para percibir los hechos. Valoro muy especialmente que sean 12 los miembros del jurado pues, en mi criterio, estarán más cerca de aproximarse a la verdad que un juez".