La sentencia, que fue dictada por el TOF N°1 de Córdoba, les impuso a tres agentes del SPB por su accionar en contra dos internos, tres años de ejecución en suspenso y seis de inhabilitación especial por el delito de apremios ilegales previsto en el art. 144 bis inc. 3 del C.P. Surge de los hechos que el día 4 de febrero de 2011, siendo las 00.30 hs. aproximadamente, los hermanos MR y CR, detenidos en la Unidad Carcelaria N° 1 de la ciudad de Córdoba a disposición de la justicia federal, fueron retirados junto con otros internos del pabellón C4 del Módulo MD 2 del complejo, con la intención de informales que serían sancionados por la rotura de las perillas de luces del pabellón. Frente a la negativa de responsabilizarse de dicha conducta, los agentes Bazán, Ceballos y Murúa, junto a personal penitenciario aún no individualizado, trasladaron a los nombrados al patio de aislamiento y les propinaron golpes de puño y patadas que les provocaron lesiones.