20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
En el cargo se deberá analizar legislación

No dejen afuera a los abogados

El CPACF cuestionó la resolución 442/19 que aprobó las bases del concurso para cubrir 97 cargos de carácter permanente en la Secretaría Legal y Técnica  de la Presidencia de la Nación. Se excluye dentro de los requisitos el título de abogado.

Mediante un comunicado, el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) salió a rechazar la resolución 442/19, publicada en el Boletín Oficial, mediante la cual se aprueban las bases del concurso tendiente a cubrir 97 cargos de carácter permanente en la Secretaría Legal y Técnica  de la Presidencia de la Nación.

La resolución, dispuesta por la Secretaría de Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros, aprueba las bases y efectúa el llamado a concurso. En el perfil descripto para el puesto de "Asistente en Asuntos Jurídicos" se solicita que los aspirantes puedan, entre otras tareas, interpretar la normativa sobre protección de datos y conservación de documentos establecidos para las instituciones públicas, sin embargo, excluye dentro de los requisitos para el puesto el título de abogado.

 

De este modo, el Colegio instó a la Jefatura de Gabinete de Ministros a que modifique los alcances de la resolución 442/19 y requiera, tanto en el concurso que se cuestiona como en el futuro, el “título de abogado para cubrir dichas vacantes”.

 

“Es esencial que la tarea de análisis de normas jurídicas sea realizada por profesionales del Derecho habilitados a tal efecto tal y como lo establecen la Resolución 3401 del Ministerio de Educación y la ley 23.187”, señaló el CPACF y añadió: “La observancia de las normas, su interpretación en cuanto a eficacia, alcance y constitucionalidad no pueden ni deben estar bajo la responsabilidad de personas que no se encuentran debidamente acreditadas para ejercer la profesión de abogado, implicando ello el riesgo y los perjuicios que pueden ser incalculables”.

De este modo, el Colegio instó a la Jefatura de Gabinete de Ministros a que modifique los alcances de la resolución 442/19 y requiera, tanto en el concurso que se cuestiona como en el futuro, el “título de abogado para cubrir dichas vacantes”.

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