15 de Noviembre de 2024
Edición 7093 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/11/2024

Padre violento, embargo en aumento

Un fallo ordenó descontarle el 50 por ciento del sueldo a un hombre que incumplía con la cuota alimentaria de sus hijos y ejerció violencia económica contra su ex esposa.

 

El Juzgado de Familia de Viedma, a cargo de María Laura Dumpé, ordenó decontarle la mitad del salario de un hombre que se desentendió del mantenimiento de sus tres hijas y no abonada la cuota alimentaria correspondiente.

La demanda fue interpuesta por la ex mujer, de quien se separó hace cuatro años, y durante el proceso, el condenado no concurrió a ninguna de las audiencias fijadas en el. Incluso debió dictarse su rebeldía, y aún así no fue a la audiencia preliminar dispuesta por el Juzgado de Familia.

Para determinar el valor de la cuota, la magistrada tuvo en cuenta “el esfuerzo que realiza en la crianza de sus hijas y además laboralmente como empleada administrativa” y la conducta reticente del padre a hacerse cargo de la situación.

Para la jueza, “ha quedado acreditado que es la mamá es quien se ocupa en exclusividad del cuidado y manutención de las 3 hijas” y que “no cuenta con los recursos” para esta tarea. Asimismo, se probó que “únicamente percibe la cuota alimentaria provisoria que se encuentra abonando el demandado por descuento de haberes y es ella quien se encarga de solventar todas las necesidades de sus hijas. debe recurrir al uso de tarjetas de créditos y al apoyo material que le brinda su madre”.

La situación “conforma una dinámica monoparental con ingresos mínimos y variables, con ayuda material ofrecida por su madre y la cuota alimentaria provisoria, no logra satisfacer las necesidades básicas del grupo desenvolviéndose en una ajustada realidad económica que la posiciona por debajo de la línea de pobreza, lo que la hace relegar la cobertura de actividades extraescolares y de recreación”, sostiene el fallo.

Dumpé entendió que la situación que vive la denunciante “en su condición de mujer y único sostén tanto económico, como afectivo, ante el comportamiento desaprensivo y el desentendimiento de las obligaciones del progenitor en el ejercicio de la responsabilidad parental, se ve violentada por una realidad agobiante que tiene como concausa el accionar del demandado porque este rol materno omnipresente frente al paterno ausente, desdibujado, descomprometido constituye otra forma de violencia: la económica”.

"El ejercicio responsable de la paternidad no se reduce al pago puntual de la cuota alimentaria a través del descuento de haberes, sino que implica compromiso con la salud y las necesidades materiales y afectivas de los hijos, que no ha sido demostrado”, agregó la titular del juzgado.

Para determinar el valor de la cuota, la magistrada tuvo en cuenta “el esfuerzo que realiza en la crianza de sus hijas y además laboralmente como empleada administrativa” y la conducta reticente del padre a hacerse cargo de la situación.

 

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