18 de Julio de 2024
Edicion 7008 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/07/2024

Del hotel a la cárcel

Un Tribunal de Corrientes condenó a 15 años de prisión a cuatro hombres que entraron a robar a varios departamentos de la ciudad y luego intentaron ocultar las pertenencias en un cuarto de hotel.

El Tribunal Oral Penal N° 2 de la ciudad de Corrientes condenó a la pena de 15 años de prisión a Fernando Castilla, Leandro Fabián Avalos, José Ignacio Ávalos y José Ignacio Cantero por los delitos de hurto calificado y múltiples robos. Todos son oriundos de la provincia de Buenos Aires.

Los departamentos se encontraban sin sus moradores, y los condenados ingresaron sin ejercer violencia, utilizando un elemento para destrabar la cerradura de la puerta de acceso y en los seis robos consumados y el robo en grado de tentativa, se forzaron las cerraduras de las puertas de acceso utilizando un elemento contundente para poder ingresar.

Se acreditó la responsabilidad penal de los acusados gracias a las numerosas pruebas colectadas durante la etapa instructoria que fueron reproducidas durante el debate oral y público.

Los ladrones fueron reconocidos porque se alojaron todos juntos en la misma habitación en un apart hotel y al realizarse los allanamientos, gran parte de los bienes sustraídos a los damnificados se secuestraron del interior de la habitación y del automóvil con el que se movilizaron desde la Provincia de Buenos Aires para cometer los delitos por los cuales fueron condenados.

Según los detalles que se desprenden de la causa, los condenados tenían en su poder dinero en efectivo, joyas, computadoras, teléfonos celulares, notebook, Tablet, y una botella de whisky.

"La agravante del hurto prevista en el inciso 3° del artículo 163 del Código Penal tiene una característica específica referida al modus operandi del ladrón. Supone la existencia de defensas preconstituidas y creadoras de una esfera de vigilancia que rodea el objeto de la sustracción. La razón de la calificante es, pues, la de que, mediante la utilización de la llave falsa, el ladrón supera fraudulentamente la defensa diligentemente establecida por el poseedor de la cosa, lo que despierta mayor alarma pública, determinando la necesidad de una protección más vigorosa contra esos actos", sostiene el fallo respecto de la calificación legal utilizada.

A la hora de merituar la pena, el Tribunal Oral valoró que  "se causó un perjuicio importante en el patrimonio de las víctimas, toda vez que se trata de robos de una gran cantidad de bienes de departamentos que se hallaban sin moradores en el momento de cometerlos además de los daños al violentar las puertas de acceso a los departamentos, se trata en los casos de departamentos de personas que trabajan y ejercen su profesión en esa ciudad".

Los magistrados apuntaron a "la extensión de los daños causados, las circunstancias comisivas de aprovechar la hora, la escasa cantidad de personas, las tareas previas para conocer las características de los lugares" que fueron consideradas circunstancias agravantes para la determinación de la pena

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