20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024
Justicia remota por el coronavirus

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La Suprema Corte bonaerense emitió una Resolución con pautas para la modalidad de trabajo en domicilio y otras medidas excepcionales y temporales en el marco de la vigencia de la feria judicial por el Coronavirus.

La presidencia de la Suprema Corte de Justicia  de la provincia de Buenos Aires estableció disposiciones, instrucciones y recomendaciones tendientes a proteger y preservar la integridad y la salud de las partes, profesionales, auxiliares de justicia, público en general, agentes, funcionarios y magistrados judiciales.

En una extensa Resolución, de 12 páginas, la SCBA recordó que durante el tiempo que dure el receso, hasta el 31 de marzo inclusive, la atención se limitará a los asuntos de urgente despacho o aquellos que por su naturaleza no se puedan postergar.

Entre las medidas dictadas por el Superior Tribunal se destaca la limitación de la concurrencia a los Tribunales y, para ello, pidió a los litigantes y público en general canalizar todo tramite por medios telemáticos. El acceso a las dependencias quedo limitado para aquellas personas que hayan sido citadas o presenten algún inconveniente que pudo resolverse por vía electrónica.

La normativa publicada por el organismo dispone directivas exclusivas para el fuero penal como la prohibición de asistencia a los Tribunales de las personas privadas de la libertad, las visitas carcelarias se harán a través de videoconferencia y, en lo referido a la caducidad de instancia, se contarán como inhábiles los días que dure el asueto judicial.

Asimismo, los ministros destacaron que está a disposición toda la tecnología del Poder Judicial para que el personal pueda realizar un trabajo domiciliario. En el mismo párrafo aclararon que queda terminantemente prohibido el traslado de expedientes en papel a las casas particulares.

En relación a las actuaciones procesales, quedan todas suspendidas excepto aquellas relativas a movimientos bancarios, como apertura de cuentas, giro de transferencias o solicitud de saldos, y todas aquellas que los jueces consideren urgente y siempre teniendo en cuenta las directivas de sanidad dictadas por el Poder Ejecutivo Nacional.

La normativa publicada por el organismo dispone directivas exclusivas para el fuero penal como la prohibición de asistencia a los Tribunales de las personas privadas de la libertad, las visitas carcelarias se harán a través de videoconferencia y, en lo referido a la caducidad de instancia, se contarán como inhábiles los días que dure el asueto judicial.

Las cédulas en soporte papel se devolverán por medios electrónicos, escaneando las constancias correspondientes e incorporándolas al Sistema de Gestión Judicial. En el caso que deban adjuntarse copias, "se permitirá su remisión por medios electrónicos a los organismos encargados de practicar las notificaciones", sostiene la resolución.

La Suprema Corte resaltó que el Poder Judicial tiene la responsabilidad de mantener actualizado el sistema de información de las causas que se tramiten para garantizar así el acceso a la justicia. Puntualmente, en el fuero de familia, penal y responsabilidad penal juvenil "se facilitará en forma extraordinaria a los letrados un acceso directo para las consultas de las causas en las que intervengan".

Consultá en exclusiva la Resolución completa publicada por los miembros de la Suprema Corte bonaerense para conocer en detalle todas las medidas dispuestas.

 

 

 

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