La Procuración General de la Nación instruyó a fiscales federales a requerir medidas cautelares que aseguren el decomiso de vehículos utilizados en infracción a la cuarentena. Según informes de las fuerzas de seguridad, gran parte de las infracciones penales se producen por conductores
En el marco de la cuarentena establecida por el Poder Ejecutivo, el procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, instruyó que los fiscales federales con competencia penal soliciten las medidas cautelares que aseguren el decomiso de vehículos en infracción, como así también para que velen por su guarda y conservación.
La medida se da en el marco del DNU 297/20, el cual estableció el ”aislamiento social, preventivo y obligatorio” y encomendó al Ministerio de Seguridad de la Nación la realización de “controles permanentes en rutas, vías y espacios públicos, accesos y demás lugares estratégicos que determine, en coordinación y en forma concurrente con sus pares de las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” para fiscalizar el cumplimiento de la medida decretada.
Dicho decreto también establece que “cuando se constate la existencia de infracción al cumplimiento del 'aislamiento social, preventivo y obligatorio' o a otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia sanitaria, se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal”.
Aquel artículo determinó también que la cartera de Seguridad debe disponer la inmediata detención de los vehículos que circulen en infracción a lo dispuesto en dicho decreto y procederá a su “retención preventiva por el tiempo que resulte necesario”, a fin de evitar el desplazamiento de los mismos para “salvaguarda de la salud pública y para evitar la propagación del virus”.
En este contexto, la Procuración General de la Nación verificó que el accionar de las fuerzas de seguridad, en cumplimiento de sus tareas de fiscalización de las medidas de aislamiento y distanciamiento, arroja que gran parte de las infracciones penales se producen por conductores de vehículos que agravan los riesgos de propagación del COVID-19.
Casal hizo hincapié en la “necesaria intervención proactiva desde el inicio mismo de las actuaciones”, a fin de que los bienes utilizados para la comisión de estos ilícitos “sean efectivamente decomisados”.
“Así, corresponde al Ministerio Público Fiscal impulsar todas las medidas conducentes para lograr que los procesos penales que se han iniciado respecto de estos hechos aseguren los bienes, en el caso los vehículos utilizados como instrumentos comisivos del delito, para que no se frustre la posibilidad del decomiso al momento de la sentencia”, señaló la resolución PGN 27/2020.
Casal hizo hincapié en la “necesaria intervención proactiva desde el inicio mismo de las actuaciones”, a fin de que los bienes utilizados para la comisión de estos ilícitos “sean efectivamente decomisados”, y añadió: “Se deberán adoptar todos los recaudos necesarios para que de inmediato el infractor dé cumplimiento al aislamiento social, preventivo y obligatorio (…) y velar para que una vez acatada esa medida se requieran todos los documentos habilitantes para la circulación en los términos de la Ley Nacional de Tránsito (4.449), así como las llaves y todo otro elemento mecánico o electrónico necesarios para la puesta en marcha y funcionamiento del vehículo utilizado para la comisión del delito”.