20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024
Casal abogó por una "necesaria intervención proactiva"

Decomiso sobre ruedas

La Procuración General de la Nación instruyó a fiscales federales a requerir medidas cautelares que aseguren el decomiso de vehículos utilizados en infracción a la cuarentena. Según informes de las fuerzas de seguridad, gran parte de las infracciones penales se producen por conductores

En el marco de la cuarentena establecida por el Poder Ejecutivo, el procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, instruyó que los fiscales federales con competencia penal soliciten las medidas cautelares que aseguren el decomiso de vehículos en infracción, como así también para que velen por su guarda y conservación.

La medida se da en el marco del DNU 297/20, el cual estableció el ”aislamiento social, preventivo y obligatorio” y encomendó al Ministerio de Seguridad de la Nación la realización de “controles permanentes en rutas, vías y espacios públicos, accesos y demás lugares estratégicos que determine, en coordinación y en forma concurrente con sus pares de las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” para fiscalizar el cumplimiento de la medida decretada.

Dicho decreto también establece que “cuando se constate la existencia de infracción al cumplimiento del 'aislamiento social, preventivo y obligatorio' o a otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia sanitaria, se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal”.

Aquel artículo determinó también que la cartera de Seguridad debe disponer la inmediata detención de los vehículos que circulen en infracción a lo dispuesto en dicho decreto y procederá a su “retención preventiva por el tiempo que resulte necesario”, a fin de evitar el desplazamiento de los mismos para “salvaguarda de la salud pública y para evitar la propagación del virus”.

En este contexto, la Procuración General de la Nación verificó que el accionar de las fuerzas de seguridad, en cumplimiento de sus tareas de fiscalización de las medidas de aislamiento y distanciamiento, arroja que gran parte de las infracciones penales se producen por conductores de vehículos que agravan los riesgos de propagación del COVID-19.

 

Casal hizo hincapié en la “necesaria intervención proactiva desde el inicio mismo de las actuaciones”, a fin de que los bienes utilizados para la comisión de estos ilícitos “sean efectivamente decomisados”.

 

“Así, corresponde al Ministerio Público Fiscal impulsar todas las medidas conducentes para lograr que los procesos penales que se han iniciado respecto de estos hechos aseguren los bienes, en el caso los vehículos utilizados como instrumentos comisivos del delito, para que no se frustre la posibilidad del decomiso al momento de la sentencia”, señaló la resolución PGN 27/2020.

Casal hizo hincapié en la “necesaria intervención proactiva desde el inicio mismo de las actuaciones”, a fin de que los bienes utilizados para la comisión de estos ilícitos “sean efectivamente decomisados”, y añadió: “Se deberán adoptar todos los recaudos necesarios para que de inmediato el infractor dé cumplimiento al aislamiento social, preventivo y obligatorio (…) y velar para que una vez acatada esa medida se requieran todos los documentos habilitantes para la circulación en los términos de la Ley Nacional de Tránsito (4.449), así como las llaves y todo otro elemento mecánico o electrónico necesarios para la puesta en marcha y funcionamiento del vehículo utilizado para la comisión del delito”.

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Excepciones al aislamiento social, preventivo y obligatorio
Con permiso, soy abogado
El expediente tramitó digitalmente
Salvoconducto para la cuarentena

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486