Por medio del Procedimiento Especial de Flagrancia, la provincia de San Juan condenó a 77 personas en tres días por violar la cuarentena obligatoria. Cómo organizó la Corte de Justicia el funcionamiento del servicio
En el contexto de aislamiento social obligatorio que atraviesa el país, y al tercer día de la Feria Judicial Extraordinaria, la provincia de San Juan ha decidido actuar con rápidez y firmeza frente a los casos en que se registraron violaciones a las medidas dispuestas en la cuarentena.
Por disposición de la Corte de Justicia de San Juan, se dispuso de un operativo especial para juzgar rápidamente a quienes fueran atrapados violando la Cuarentena Obligatoria. Se incluyó a 32 personas en Flagrancia (entre jueces, funcionarios y personal); se montó el sistema de videoconferencia para agilizar los casos y evitar el contacto entre los detenidos y los jueces, fiscales y abogados defensores.
De esta forma, San Juan se convierte en la única provincia del país en donde la Justicia le dio una rápida respuesta a quienes infringen la Cuarentena Obligatoria decidida para evitar la propagación del Coronavirus.
En total, 77 personas han sido condenadas a través del Procedimiento Especial de Flagrancia. De los 77 condenados, 70 fueron de cumplimiento condicional y 7 fueron con prisión efectiva. Esas 77 condenas se realizaron en 60 audiencias que se realizaron en horario corrido de 8 a 17 horas en el Procedimiento Especial de Flagrancia, entre los días miércoles 25, jueves 26 y viernes 27 de marzo.
Cabe recordar que el artículo 205 del Código Penal Argentina dice que “será reprimido con prisión de 6 meses a 2 años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.
De esta forma, San Juan se convierte en la única provincia del país en donde la Justicia le dio una rápida respuesta a quienes infringen la Cuarentena Obligatoria decidida para evitar la propagación del Coronavirus. Además, estaban prevista la realización de 32 audiencias para juzgar a otros 50 detenidos por infringir el artículo 205 del Código Penal Argentino.
Para quienes fueron condenados con cumplimiento condicional, si son atrapados infringiendo nuevamente la cuarentena o cometen otro delito, el cumplimiento de cualquier tipo de condena será efectiva.
Las 77 condenas se componen del siguiente modo: 67 (63 de cumplimiento condicional y 4 prisión efectiva) fueron exclusivamente por infringir el Artículo 205 del Código Penal. Y otras 10 condenas (7 cumplimiento condicional y 3 prisión efectiva) fueron por cometer otros tipos de delitos contemplados en el Procedimiento de Flagrancia, en concurso con el artículo 205 (la violación a la cuarentena).