La Suprema Corte bonaerense dispuso la creación del Sistema de Aporte Solidario e impulsó un programa de medidas de austeridad en todo el ámbito de la Administración de Justicia provincial, a fin de solventar la adquisición de insumos necesarios para atender la emergencia pública en materia sanitaria.
A través de la Resolución 14/20, la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Buenos Aires creó el Sistema de Aporte Solidario e impulsó un programa de medidas de austeridad en la Justicia provincial, a fin de solventar la adquisición de insumos necesarios para atender la emergencia pública en materia sanitaria por la pandemia de coronavirus (COVID-19).
Según explicaron, el programa se constituirá "con aportes voluntarios que pueden alcanzar un 20% del sueldo básico de los magistrados comprendidos entre los niveles 22 y 23 de la escala salarial vigente y un 15 % del sueldo básico de los magistrados y funcionarios comprendidos entre los niveles 20 y 21".
"Es consciente del esfuerzo que la generalidad de los magistrados dedica cotidianamente al servicio de la función judicial, incluso durante esta grave emergencia; como también del rezago que tienen sus remuneraciones comparadas con otras jurisdicciones del país". Sin embargo, ante el duro trance que enfrenta la sociedad argentina, elevadas razones de interés público tornan aconsejable instar el mecanismo solidario", detalla el texto, suscripto por el titular de la SCBA, Eduardo de Lázzari.
Lo recaudado se destinarán a al Ministerio de Salud de la Provincia y a instituciones de bien público provincial dedicadas a la atención sanitaria por la pandemia. Asimismo, el fondo se integrará con el porcentaje voluntario que deseen realizar los funcionarios y agentes no incluidos en las categorías citadas.
La Corte bonaerense también decidió instrumentar un programa de medidas de austeridad del gasto, tendientes a generar el ahorro de partidas, que contempla congelar la cobertura de cargos existentes al 31 de marzo del corriente año, con excepción de aquellas situaciones valoradas por el Tribunal como necesarias a la prestación del servicio de justicia.
Se suspenderán las puestas en funcionamiento de órganos jurisdiccionales y dependencias, con excepción de aquellos que cuentan con inmuebles propios y/o inmuebles ya locados. También la adquisición de inmuebles, automotores y bienes de capital, con excepción respecto de estos últimos de aquellos indispensables para la puesta en funcionamiento de órganos jurisdiccionales que cuenten con fecha de inicio de actividades aprobada.
En la misma línea, se suspendió la compra de material destinado a las bibliotecas del Poder Judicial, con excepción de aquellas suscripciones ya contratadas y el pago en concepto de viáticos y movilidad para las comisiones de servicios que no sean expresamente indispensables autorizadas por el Tribunal.
Por la nueva medida, los magistrados y funcionarios del Tribunal con cargo asimilable que dispongan de equipo de telefonía celular asignado, deberán reintegrar el importe de las facturas, durante el período que dure la situación de emergencia sanitaria. No están comprendidos en este punto los equipos dispuestos para los organismos judiciales de turno o en guardias.
Finalmente, los jueces sostuvieron que quedan "exceptuadas de las medidas de austeridad y de prioridad del gasto, las contrataciones para adquirir bienes y servicios en el marco de la emergencia sanitaria, a partir de las acciones implementadas por el Tribunal o su Presidencia para el resguardo de la salud de los trabajadores".