El Superior Tribunal de Justicia el Chaco estableció que los magistrados podrán evaluar la necesidad de incorporar hasta dos agentes como máximo. Aclararon que deberá tenerse en cuenta que: sea voluntad del agente y no se encuentre dentro de los grupos de riesgo. También deberán considerar que el espacio físico de la dependencia permita mantener debida distancia y se respeten las recomendaciones sanitarias, con comunicación al Superior Tribunal de Justicia y esgrimiendo razones debidamente fundadas que lo justifiquen. En tanto que respecto del dictado de sentencias y resoluciones, las Salas del STJ requerirán informes de productividad semanales para analizar el desarrollo del Servicio Judicial de Urgencia.