El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba suspendió la feria de invierno. Empleados, funcionarios y magistrados del Poder Judicial prestarán servicios durante el período comprendido entre los días 13 y 22 de julio.
Mediante el Acuerdo n.° 198, suscripto por los jueces María Marta Cáceres de Bollati, Aída Lucía Teresa Tarditti,,Domingo Juan Sesín, Luis Enrique Rubio, María de las Mercedes Blanc G. de Arabel, Sebastián Cruz López Peña y Luis Eugenio Angulo, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba resolvió suspender la fijación del receso del mes de julio durante el año 2020 para todos los Tribunales de la Provincia.
El TSJ dejó sin efecto Acuerdo Nº1032 serie “A” de noviembre de 2019, que estableció el calendario judicial para 200, y recordó que esta facultado por Ley Orgánica del Poder Judicial para suspender o disminuir los períodos de vacancia “cuando razones de real urgencia y cúmulo de tareas lo hiciere necesario”.
El acuerdo reconoce que si bien en el último tiempo se reanudó el servicio presencial en todas las sedes judiciales del interior, con la salvedad de la Primera Circunscripción Judicial, “la actividad no ha retornado a los niveles previos a la imposición de las restricciones de circulación”.
Incluso ante el escenario que a julio de 2020 continúen vigentes medidas de aislamiento y de restricción de la circulación, el TSJ dispuso que "igualmente resulta necesario mantener la prestación de servicio ya sea de modo presencial o por medio del teletrabajo”.
El Alto Cuerpo estimó que “resulta altamente previsible que, una vez que sea retomada la actividad presencial en toda la provincia, se produzca un alto requerimiento por parte de la ciudadanía que, ponderando las razones de salud y prevención, pospuso el inicio de nuevos asuntos en sede judicial”.
“En definitiva, la fijación de los periodos de receso del personal judicial, deben ser entendidas en armonía con los principios que han de regir la Administración de Justicia y que como impone nuestra Constitución Provincial “debe estar dirigida a satisfacer las necesidades de la comunidad con eficacia, eficiencia, economicidad y oportunidad”, coincidieron los jueces.
En adición, incluso ante el escenario que a julio de 2020 continúen vigentes medidas de aislamiento y de restricción de la circulación, el TSJ dispuso que "igualmente resulta necesario mantener la prestación de servicio ya sea de modo presencial o por medio del teletrabajo”.
“Encontrándose cumplidos los supuestos normativos de “real urgencia y cúmulo de tareas” y en atención a las circunstancias de hecho que han acaecido con motivo de la irrupción del COVID-19, este Tribunal, en ejercicio de las potestades de Superintendencia que le son propias, estima necesario, oportuno y conveniente suspender el periodo de receso dispuesto para el mes de julio de 2020” concluye el Acuerdo.
De esta forma, los empleados, funcionarios y magistrados del Poder Judicial, deberán prestar serviciodurante el período comprendido entre los días 13 al 22 de julioinclusive de 2020, de conformidad con la modalidad y normativa que resulte aplicable y vigente a dicha fecha.