28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024
Actuación en conjunto entre Defensoría, Juzgado y SENAF

“HomeSchooling” inclusivo

Por pedido de la Asesoría Letrada de Deán Funes (Córdoba), tres niños que residen en centros de acogimiento de la provincia podrán acceder a la educación mediante herramientas digitales durante el período de aislamiento obligatorio.

Tras una actuación colaborativa entre Senaf, la Defensoría de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de la Provincia de Córdoba y el Juzgado de Control, Niñez y Adolescencia de Deán Funes se logró que los niños en cuestión comenzaran a recibir las clases correspondientes y se garantizara así su derecho a la educación, incluso durante la emergencia sanitaria y fuera de su centro de vida.

Las actuaciones iniciaron por un pedido de la Asesoría Letrada de Deán Funes en función de la obligación estatal de evitar que las nuevas modalidades educativas “online”, adoptadas en virtud de la pandemia Covid-19, aumenten las desigualdades existentes entre niños, niñas y adolescentes en condiciones de vulnerabilidad.

 

El tribunal hizo gestiones para que los niños afectados pudieran acceder a las herramientas necesarias para incorporarse a la educación “online” como así también para que las instituciones garantizaran la conectividad necesaria.

 

Concretamente, la asesora Ángeles Barreda solicitó al juzgado que verificara el impacto de la Resolución n.° 108/2020, dictada por el Ministerio de Educación de la Nación, que dispuso la suspensión temporal de las actividades presenciales de enseñanza en todo el país, respecto a los niños, niñas y adolescentes que están privados de su centro de vida y que residen en los centros de acogimiento Hogar de Niños San Marcos Sierra y  Residencia Gabriela Mistral de Caminiaga.

En su presentación, la asesora Barreda recordó que todo niño, niña y adolescente, incluso quienes están privados de su centro de vida por diferentes motivos, tiene derecho a la educación y a gozar de un nivel de vida adecuado.

En respuesta a este pedido, la jueza María Lourdes de Puerta procedió a la  habilitación del receso judicial extraordinario y se requirió a la Senaf que informara sobre la continuidad escolar de los niños, niñas y adolescentes alojados en los distintos centros residenciales y se mantuvo contacto con los encargados de las instituciones.

En el marco de dichas actuaciones, se detectó que tres niños que no estaban escolarizados  durante el período de aislamiento. Frente a esto, el tribunal hizo gestiones para que los niños afectados pudieran acceder a las herramientas necesarias para incorporarse a la educación “online” como así también para que las instituciones garantizaran la conectividad necesaria.

 

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