17 de Julio de 2024
Edicion 7007 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/07/2024
Violencia institucional, económica y patrimonial

Más violencia que protocolo

Un Juzgado de Córdoba consideró que se revictimizó a una agente por aplicarle el Protocolo de Actuación para el Personal Policial en Situación de Violencia Familiar o de Género. A la mujer denunciante, la fuerza le quitó su arma reglamentaria y no podía hacer adicionales

En la causa “D., L. D. - Denuncia por violencia familiar”, el Juzgado de Niñez, Juventud, Violencia Familiar y Penal Juvenil de la ciudad de San Francisco (Córdoba), a cargo de Andrés Peretti, remarcó que el Protocolo de Actuación para el Personal Policial en Situación de Violencia Familiar o de Género, implicó la revictimización de la demandante (policía), ya que había denunciado por violencia familiar a su expareja, quien también pertenece a esa fuerza.

Entre otras cosas, este protocolo dispone que, durante la vigencia de las medidas cautelares de protección a la víctima, se retiren las armas reglamentarias del personal policial involucrado en la causa judicial.

La resolución también mantiene la prohibición recíproca de acercamiento y comunicación entre ambos policías como así también cualquier conducta que implique tomar contacto entre sí. Esta disposición administrativa se aplica tanto al agresor como a la víctima y produce un perjuicio económico, puesto que impide a los afectados realizar adicionales.

 

Peretti intimó a la Policía de la Provincia de Córdoba al cese inmediato de la violencia indirecta de carácter institucional, económico y patrimonial que está ejerciendo sobre la agente policial que denunció a su expareja.

 

El magistrado también consideró que el protocolo que la Policía de la Provincia de Córdoba aplica en las situaciones de violencia familiar o de género que involucren al personal en actividad o en situación de retiro “importa una forma de violencia indirecta”.

En este caso concreto, la mujer policía llegó a solicitar el levantamiento de medidas cautelares contra su expareja y, luego, admitió que solo buscaba poner fin a la disminución de los ingresos que le generaba esta situación. En su resolución, el magistrado señaló que la retractación de la víctima “permite presumir de manera unívoca que el ciclo de violencia se encuentra instalado entre el agresor y la víctima”.

Peretti intimó a la Policía de la Provincia de Córdoba al cese inmediato de la violencia indirecta de carácter institucional, económico y patrimonial que está ejerciendo sobre la agente policial que denunció a su expareja. Asimismo, dispuso que arbitre los medios necesarios para que la denunciante no vea mermados sus ingresos mientras duren las medidas preventivas dispuestas por el juzgado.

La resolución también mantiene la prohibición recíproca de acercamiento y comunicación entre ambos policías como así también cualquier conducta que implique tomar contacto entre sí. Asimismo, el juez instó al denunciado a que acompañe constancia del tratamiento psicológico-psiquiátrico oportunamente ordenado por el juzgado.

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