Un fallo de la justicia de Río Negro obligó a una empresa a reincorporar a una trabajadora que fue despedida durante la emergencia sanitaria. Además, deberán abonarle los salarios del período que estuvo sin actividad.
La justicia del Trabajo de Cipolletti, provincia de Río Negro, ordenó reincorporar a una mujer que había sido despedida, teniendo en cuenta la vigencia del Decreto emitido por el gobierno nacional que prohíbe este tipo de maniobras por el tiempo que dure la emergencia sanitaria por el Covid-19.
Según los registros, la demandante recibió la carta documento el 11 de mayo y el decreto fue publicado 31 de marzo de 2020, rigiendo de acuerdo a lo establecido en su propio texto, desde el mismo día de su publicación. En consecuencia, la prohibición de los despidos se extendió, en principio, por el período comprendido entre las 0 horas del día 31 de marzo hasta las 24 horas del día 29 de mayo.
El recurso se tramitó íntegramente por vía digital a través de la plataforma MEED, la plataforma instrumentada por el Superior Tribunal para garantizar el servicio durante el periodo de aislamiento social.
Para los jueces, la solución del caso es la reincorporación a su puesto, por el grado de urgencia en el contexto social imperante. Por ello se resolvió que ante un despido sin invocación de causa, de fuerte impacto negativo para la fuente de trabajo, por la naturaleza alimentaria del trabajo y la posible frustración de derechos.
“Corresponde hacer lugar a la medida solicitada y ordenar reincorporar, en forma inmediata a la notificación de la presente y a su puesto de trabajo, a la Sra. S. con más el pago íntegro de los salarios que se devengaren desde el despido hasta la efectiva reincorporación”, se detalla en la sentencia.
El recurso se tramitó íntegramente por vía digital a través de la plataforma MEED, la plataforma instrumentada por el Superior Tribunal para garantizar el servicio durante el periodo de aislamiento social.