El Superior Tribunal de Río Negro dispuso el regreso de los juicios penales en todo el territorio provincial y un mecanismo para retomar la atención presencial en los edificios judiciales a partir del lunes en aquellas zonas cuyo estatus sanitario sea el de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio.
En acuerdo con la Procuración General, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Río Negro dispuso retomar los juicios penales a través de un sistema de turnos digitales para la atención al público.
Los juicios se realizarán en toda la geografía provincial, aunque con distintas modalidades de acuerdo al estatus sanitario de cada departamento. Según se detalla en el documento, en las ciudades con Distanciamiento Social, el juez o jueza y las partes “deben evaluar la conveniencia de realizar el juicio totalmente presencial, con el distanciamiento adecuado -si la sala lo permite- o con modalidad semipresencial/remota”.
En todos los casos se dispuso que magistrados, magistradas, funcionarios, funcionarias y agentes que cumplen funciones presenciales deben cumplir las disposiciones sanitarias del protocolo aprobado por Salud Pública.
En cambio, en los lugares con Aislamiento Social Obligatorio, la Acordada habilitó “la realización de juicios penales con modalidad semipresencial en aquellos casos en que la persona imputada se encuentre detenida”. Para ello, "los magistrados, magistradas, más los letrados particulares podrán concurrir a una sala de audiencias y las restantes personas convocadas (imputados -detenidos o libres-, víctimas y testigos) participan de manera remota de la audiencia de juicio".
"De manera excepcional se puede autorizar la presencia de testigos en la sala de audiencia para su declaración, cuando ello se respalde en la debida fundamentación de la parte que así lo solicite y no se trate de personas obligadas al ASPO en orden a la existencia de enfermedades o de la edad", detallaron los magistrados.
En todos los casos se dispuso que magistrados, magistradas, funcionarios, funcionarias y agentes que cumplen funciones presenciales deben cumplir las disposiciones sanitarias del protocolo aprobado por Salud Pública.
Al respecto, la acordada especifica que “los/las Funcionarios/as y los/las Empleados/as que no asistan al Poder Judicial por exceso al cupo, no están dispensados de trabajo, y deben hacerlo a distancia cuando así lo disponga la titularidad del organismo de que se trate, en las asignaciones que se le indiquen y de acuerdo a los recursos tecnológicos disponibles”.