Un Juzgado de Bell Ville (Córdoba) dispuso una prohibición de acercamiento a cuatro hombres que obligaron a una mujer trans a abandonar su domicilio y la amenazaron de muerte, alegando que "no querían personas de dicha orientación sexual e identidad de género en el barrio".
En la causa "D., B. D. y otros - Denuncia por violencia de género", el Juzgado de Niñez, Juventud, Violencia Familiar y de Género de Bell Ville (Córdoba) dispuso una prohibición de acercamiento por 12 meses a cuatro hombres que obligaron a una mujer trans a abandonar su domicilio y la amenazaron con armas punzo cortantes.
El magistrado que dictó la resolución, Luis Alberto Morales, recordó que la Ley de Identidad de Género n.° 26743 establece que toda persona tiene derecho al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género y a ser tratada de acuerdo con la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente.
Se advirtió a estos individuos que si no cumplen las medidas cometerán el delito de desobediencia a la autoridad
Durante la agresión, estos individuos alegaron que no querían en el barrio personas de dicha orientación sexual e identidad de género. La resolución implica que estas personas se mantengan a una distancia superior a los 200 metros de distancia de los lugares de residencia, trabajo, estudio y esparcimiento de la damnificada.
Asimismo, se dispuso la prohibición de comunicación de los involucrados en el hecho con la víctima de modo personal, por vía telefónica, por redes sociales o cualquier otro medio.
En la resolución, se advierte a estos individuos que si no cumplen las medidas cometerán el delito de desobediencia a la autoridad y se da intervención al Centro Integral de Varones del Polo Integral de la Mujer de Córdoba para que les brinden asesoramiento y asistencia telefónica a los denunciados a fin de prevenir comportamientos violentos, basados en motivos de género y, específicamente, expresiones de odio hacia la orientación sexual e identidad de género.