20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Amparo de la federación local de clubes de pesca y lanzamiento

Límite a la pesca

Un fallo judicial fijó pautas para la pesca comercial y deportiva en Entre Ríos. La Justicia ordenó que se disponga un cupo de extracción o volumen de captura y de acopio reducido en la misma proporción en que se redujo el cupo de exportación.

La vocal de la Sala I de la Cámara Tercera de Apelaciones de Paraná, Fabiola María Livia Bogado Ibarra, ordenó al gobierno provincial que en el término de siete días hábiles establezca un cupo de extracción o volumen de captura y de acopio reducido en la misma proporción en que se redujo el cupo de exportación; que regirá a partir de la fecha y por el término de 120 días corridos.

También dispuso la prohibición de la pesca comercial y deportiva en aguas del río Paraná de jurisdicción provincial y de reglas respecto al acopio de productos de pesca. Todo ello en los autos “Federación Entrerriana de Clubes de Pesca y Lanzamiento C/ Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y otro S/ Acción de Amparo Ambiental”.

Se trata de una presentación de la Federación Entrerriana de Clubes de Pesca y Lanzamiento, que interpuso la acción de Amparo Ambiental en contra del gobierno provincial, con el objeto que se declare la veda total y automática de toda acción de pesca comercial en el ámbito de Entre Ríos y sus aguas jurisdiccionales.

También solicitaron declarar la emergencia hídrica e ictícola en toda la cuenca del río Paraná dentro del ámbito de nuestra provincia, e intimar a la urgente reglamentación de la Ley General de Medio Ambiente en la provincia de Entre Ríos, dada la emergencia ictícola y la falta de legislación provincial en materia del cuidado de los recursos “naturales ictícolas”, y  que se arbitren los medios necesarios para controlar el cumplimiento de estas medidas y su sanción en caso de constatar una infracción.

Los actores expusieron la “actual situación crítica de la fauna íctica agravada por la histórica bajante hídrica de la cuenca del río Paraná”, y afirmaron que con la pesca comercial avalada lo que “se está priorizando y beneficiando es la exportación del pescado de agua dulce, no así los recursos ictícolas del río Paraná ni su medio ambiente sano, sustentable, renovable y equilibrado”.

 

La jueza sostuvo que la accionada “debe incrementar e intensificar los controles ya existentes”, principalmente en lo que hace al cumplimiento de las medidas dispuestas como así también a las ya vigentes debiendo recurrir al “auxilio y colaboración” de las fuerzas policiales, guardas pesca honorarios, inspectores municipales y Prefectura Naval Argentina.

 

La magistrada Bogado Ibarra estableció ordenar al Gobierno provincial que convoque a las autoridades pertinentes de la provincia de Santa Fe a una mesa de diálogo en el plazo a fin de evaluar la situación imperante y analizar la posibilidad de acordar medidas de protección efectivas que garanticen la recuperación y uso sustentable del recurso ictícola.

La jueza sostuvo que la accionada “debe incrementar e intensificar los controles ya existentes”, principalmente en lo que hace al cumplimiento de las medidas dispuestas como así también a las ya vigentes debiendo recurrir al “auxilio y colaboración” de las fuerzas policiales, guardas pesca honorarios, inspectores municipales y Prefectura Naval Argentina.

También instó al gobierno de Entre Ríos para que, a través de la autoridad competente, adopte toda otra medida que estime pertinente y eficiente para contrarrestar el efecto negativo que tiene la crisis hídrica sobre el recurso ictícola y lograr una exitosa recuperación del mismo.

La sentenciante entendió que la veda total y automática de toda acción de pesca "resulta una medida extrema e innecesaria frente a la situación actual", pero advirtió la "existencia de un peligro real de conservación del recurso ictícola, que si bien no es de la magnitud que invoca la reclamante, hace sí imperioso el dictado de medidas para reducir la presión pesquera a fin de garantizar, en la medida de lo posible, la subsistencia y recuperación del mismo contrarrestando el efecto negativo de la crisis hídrica y de esta manera evitar que en un futuro no muy lejano se produzca una escasez de la fauna ictícola, fuente de trabajo y de alimento de numerosas familias entrerrianas". 

"(...) resulta indispensable que se adopten medidas urgentes dirigidas a reducir la presión pesquera. En este sentido entiendo que tiene que haber una limitación del nivel de captura o extracción que esté en sintonía con la reducción del cupo de exportación dispuesta, para que atendiendo la finalidad que se busca, cual es la de disminuir el esfuerzo pesquero, no queden abstraídos de esta reducción -dirigida solo al comercio exterior- lo que corresponde al mercado interno", concluyó.


Aparecen en esta nota:
Entre Ríos pesca ambiente

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
"El mentado carácter interjurisdiccional del recurso afectado no resulta manifiesto”
Canalizar la competencia
Contienda negativa con un juzgado provincial
Ríos de color federal

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486