20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Paso de los Libres Monte Caceros y Santa Fé serán las primeras ciudades

Código de estreno

A partir del 1º de agosto se implementará en la 4º circunscripción judicial el nuevo Código Procesal Penal de la provincia de Corrientes. Los miembros del STJ acordaron algunos puntos sobre como regirá el nuevo esquema.

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes acordó que el nuevo Código Procesal Penal se implementará a partir del 1° de agosto en la 4º Circunscripción, con cabecera en la ciudad de Paso de los Libres, incluido Monte Caseros y San Martín; y continuará este año el 1° de noviembre en la 3º Circunscripción, con cabecera en la ciudad de Curuzú Cuatiá, incluido Mercedes y Sauce.

El año próximo será el turno de la 2º Circunscripción con cabecera en la Localidad de Goya, incluido Esquina, Lavalle y San Roque el 1° de abril del año 2021; y luego la 5º Circunscripción, con cabecera en Santo Tomé, incluido Ituzaingó, Virasoro y General Alvear 1º de agosto del año 2021.

Finalmente el 1º de noviembre del año 2021 se implementará en la 1º Circunscripción, en las localidades de Bella Vista, Saladas, Concepción (Santa Rosa),Mburucuyá, Empedrado, General Paz, San Cosme, San Luis del Palmar, Itatí,Berón de Astrada, General Paz y San Miguel; y el 1º de marzo del año 2022 se implementará en la ciudad capital.

La Acordada detalla que los actuales jueces penales continuarán en forma simultánea con sus funciones bajo el régimen anterior hasta la finalización de las causas judiciales iniciadas con anterioridad a la fecha implementación del nuevo sistema, de acuerdo a las particularidades y realidades de cada localidad.

En relación a su denominación, los Jueces de Instrucción, Jueces Correccionales y Jueces de Instrucción, Correccionales y de Menores serán denominados como Jueces de Garantías o jueces con funciones de Garantías.

Los jueces de Cámara de Apelaciones en lo Criminal pasarán a denominarse Jueces de Revisión o jueces con funciones de revisión. Los jueces de los Tribunales Orales Penales serán Jueces de Juicio o Jueces con funciones de Juicio, y los jueces de ejecución de condena serán Jueces de Ejecución o jueces con funciones de ejecución.

Para esta implementación se aprobó también el reglamento de Conclusión de Causas, mecanismo que regula la finalización de todas las actuaciones iniciadas con anterioridad a la plena entrada en vigencia del nuevo sistema de justicia penal, en cada circunscripción judicial, de la manera más ágil, eficaz y eficiente.

Durante la implementación y el periodo de vigencia del Reglamento Conclusivo de Causas, el STJ podrá encomendar, distribuir o mantener las causas en trámite de un Tribunal o encomendar la finalización de causas de otros juzgados  a los Jueces Penales; de acuerdo a las necesidades y etapa de la implementación.

La Acordada detalla que los actuales jueces penales continuarán en forma simultánea con sus funciones bajo el régimen anterior hasta la finalización de las causas judiciales iniciadas con anterioridad a la fecha implementación del nuevo sistema, de acuerdo a las particularidades y realidades de cada localidad.

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