17 de Julio de 2024
Edicion 7007 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/07/2024
Le habían autorizado anotar sólo el primer apellido

Con nombre completo

Un hombre ganó un juicio y consiguió que la justicia de Goya le ordene al Registro Civil inscribir a su hijo con su apellido compuesto, conservando su estructura de pluralidad de elementos. Según el fallo, hubo "una evidente omisión de la autoridad registral",

 

En los autos "U. M. J. y/o otro s/ medida autosatisfactiva", el Juzgado Civil y Comercial de Goya resolvió que "el apellido compuesto que es inescindible se transmite íntegramente a los hijos, conservando su estructura de pluralidad de elementos".

En la causa, los padres de un recién nacido acudieron a la justa luego de la negativa de la persona encargada de la inscripción en el registro civil, quién se negó a la registración expresándole verbalmente que solo podría consignar el primer apellido del padre.

El titular del juzgado, Gabriel Saade, hizo lugar a la medida autosatisfactiva solicitada y ordenó a la Dirección General del Registro Provincial de las Personas proceda a inscribir en forma inmediata al menor como hijo de los actores, con el apellido compuesto del padre del niño, otorgándole el correspondiente documento nacional de identidad.

El fallo remarcó que el apellido compuesto del padre, al momento de su inscripción pudo ser doble apellido por contener el paterno y materno, el transcurso del tiempo con su utilización lo convirtió en compuesto, constituyendo una sola unidad inseparable y por ello debe trasmitirse en su totalidad.

Para el magistrado existió "una evidente omisión de la autoridad registral, quien debió en forma inmediata registrar al niño recién nacido atento a su condición de sujeto de derecho en estado de vulnerabilidad o en su defecto expedirse de alguna manera fehaciente de los fundamentos de su negativa".

"El sujeto que requiere tutela judicial inmediata es un recién nacido que no tiene identificación como sujeto de derecho, sumado a su vulnerabilidad por su condición de niño en la primera etapa de su vida, por lo que necesita contar imperiosamente en forma inmediata con el reconocimiento de su personalidad jurídica a través del nombre y apellido compuesto de su padre, y la pertinente identificación con la expedición de su documento para acceder a otros derechos fundamentales como la identificación familiar, salud, vida e integridad personal", agregó al respecto.

El fallo remarcó que el apellido compuesto del padre, al momento de su inscripción pudo ser doble apellido por contener el paterno y materno, el transcurso del tiempo con su utilización lo convirtió en compuesto, constituyendo una sola unidad inseparable y por ello debe trasmitirse en su totalidad.

 

 

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