El STJ de Corrientes rechazó la pretensión indemnizatoria de un guía de pesca que alegó ser empleado de una cabaña pero, en realidad, era un trabajador independiente contratado directamente por los clientes.
El Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Corrientes no hizo lugar al pedido de indemnización de un hombre que aseguró que realizó entre 1998 y 2015 tareas de manera normal, habitual y permanente en una cabaña, pero en realidad se trataba de un guía independiente que era contratado directamente por sus clientes y el de otras instalaciones similares.
El demandante exigía una indemnización por despido aseguró en su presentación judicial que trabajó desde el 1° de febrero de 1998 hasta el 13 de septiembre de 2015 para una cabaña, cumpliendo tareas de manera normal, habitual, permanente y en jornada completa de 6 a 20 horas, incluyendo fines de semana y feriados.
Por su parte, la mujer, negó el vínculo laboral y aseguró que el hombre se desempeñaba como guía de pesca independiente y brindaba servicio a distintas empresas y cabañas dedicadas al turismo aventura de la zona. Indicó que los turistas alojados en el complejo que administra lo contrataban y abonaban sus servicios al igual que los pasajeros de otras cabañas.
La prueba producida a los fines de comprobar la existencia o no de los hechos denunciados estuvo constituida principalmente por testigos rendidos por ambas partes y del análisis final, la justicia consideró que no resultaron contundentes los testimonios para decidir la cuestión debatida.
Para los jueces, el agravio que consideraba que la duda razonable debía volcarse a favor del trabajador no es admisible en este caso, "porque de la lectura de la sentencia dictada por la Cámara, no se advertía que los magistrados presentaran la exigida en esa manda legal".
“Reiteradamente ha resuelto este Superior Tribunal de Justicia que la duda que favorece al trabajador y la protección que debe recibir, por su estado de hiposuficiencia no es producto de la ausencia de pruebas, sino que debe concurrir al menos una que conduzca a presumir que las cosas concurrieron de acuerdo a los dichos del trabajador, o un estado de situación que genere un indicio de esto; es decir, debe haber algún motivo capaz de volcar la decisión del juez a favor del dependiente. Nada de ello ocurrió en autos”, especificaron los magistrados.
La prueba producida a los fines de comprobar la existencia o no de los hechos denunciados estuvo constituida principalmente por testigos rendidos por ambas partes y del análisis final, la justicia consideró que no resultaron contundentes los testimonios para decidir la cuestión debatida.
De esta manera, el Máximo Tribunal provincial confirmó la decisión de la Cámara de Apelaciones Civil, Comercial y Laboral de Goya que advirtió una insuficiencia de pruebas para tener por acreditada la relación laboral entre el guía de pesca y la propietaria de la cabaña.