Un fallo autorizó cambio de nombre de un adolescente que había dejado de utilizar el apellido de su padre por reiterados hechos de violencia.
El Juzgado de Familia de Cipolletti hizo lugar de manera virtual al pedido de un joven para cambiarse el apellido paterno por el materno, teniendo en cuenta las situaciones de violencia a la que fue sometido por su progenitor.
Para la justicia se acreditaron los “justos motivos” que requiere la legislación y se ponderó, además de los dictámenes psicológicos, una medida de prohibición de acercamiento que le impedía al hombre tener contacto con el grupo familiar.
La jueza tuvo en cuenta también que el joven es conocido socialmente con el apellido de la madre, el cuál lo identifica y varios testigos acreditaron la misma información durante el trámite judicial.
El Código Civil y Comercial, vigente desde el 1 de agosto de 2015, establece en su artículo 69 que el cambio de prenombre o apellido sólo procede si existen justos motivos a criterios del juez o jueza. En este caso, quedó probado a través del dictamen de profesionales “el daño que la conducta paterna” le trajo al adolescente.
Además se acreditó a través de otro expediente por violencia familiar que al momento de solicitar el cambio de apellido estaba vigente una prohibición de acercamiento.
La jueza tuvo en cuenta también que el joven es conocido socialmente con el apellido de la madre, el cuál lo identifica y varios testigos acreditaron la misma información durante el trámite judicial.
Además de autorizar el cambio de apellido y la modificación del acta de nacimiento y del documento de identidad, el juzgado ordenó al padre del solicitante una orden de prohibición de “producir incidentes, proferir agravios, realizar actos molestos o de hostigamiento y efectuar reclamos personales de cualquier índole y por cualquier medio, incluso mensajes de texto o redes sociales”.
Asimismo, el hombre deberá realizar un tratamiento psicológico para “revertir actos de violencia”.