26 de Diciembre de 2024
Edición 7119 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 27/12/2024
Los jueces fijaron metas para los próximos años

Plan ambiental urgente

La justicia correntina condenó a la municipalidad de Santo Tomé por un basural a cielo abierto en las afueras de la ciudad. Deberá presentar un plan de manejo e informar los avances en los plazos establecidos.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil de Santo Tomé, provincia de Corrientes, hizo lugar parcialmente un amparo ambiental presentado por un particular contra el municipio por un basural en las afueras de la ciudad.

El demandante solicitó que se ordene el cierre del perímetro del predio, entre otras medidas. Respecto al peligro en la demora, expresó que la contaminación ambiental tiene como característica principal la de ser irreparable o de difícil concreción.

La municipalidad de Santo Tomé deberá realizar capacitaciones en forma integral, en todos los colegios educativos de la ciudad, medios de comunicación y redes sociales sobre la implementación y desarrollo del programa de educación ambiental municipal (PEAM).

Los magistrados ordenaron al Municipio de Santo Tomé a, que en el término de tres meses, a través del Área pertinente finiquite la evaluación de impacto ambiental. La medida deberá cumplirse bajo apercibimiento de las sanciones que prevé la legislación argentina en materia ambiental.

Además, los jueces prohibieron el depósito, quema o entierro improvisado de los residuos domiciliarios en el basurero a cielo abierto, a fin de remediar el estado actual; y se obligó a la Municipalidad a implementar en el mismo plazo un plan de manejo que reduzca al máximo de sus posibilidades el daño ambiental.

Dicho plan deberá incluir un relevamiento de la población que vive en forma aledaña al perímetro del basurero municipal, para lo que se deberá tener presente el informe del Servicio Social Forense; un relevamiento de las personas que se constataron viven en el predio del basurero, "dándoseles una cobertura preventiva de salud y disponer de lo necesario para que sean trasladada a zona urbana donde puedan acceder a los bienes y servicios".

Asimismo, "deberá tener  presente sus objetivos generales ecológicos, sociales, económicos, culturales; como así también su plan de acción: separación en origen; recolección diferenciada, clasificación y acondicionamiento final", detallaron los jueces.

Por último, los miembros de la Cámara determinaron que estas metas deberán cumplirse "un 30% para el 2022, de un 50% para el 2024 y un 75% para el 2026; prohibiéndose para el año 2028 la disposición final (en rellenos sanitarios) de materiales tanto reciclables como aprovechables".

La municipalidad de Santo Tomé deberá realizar capacitaciones en forma integral, en todos los colegios educativos de la ciudad, medios de comunicación y redes sociales sobre la implementación y desarrollo del programa de educación ambiental municipal (PEAM).

También sobre la preparación de infraestructura y saneamiento básico para la instalación de una planta de clasificación y acopio de los residuos sólidos urbanos (RSU); búsqueda de canales de comercialización y estructura de financiación.

 

 

 

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