La Suprema Corte de la provincia dispuso prorrogar las medidas adoptadas la emergencia sanitaria hasta el 20 de septiembre. Asimismo, ordenó la retrogradación provisoria del servicio pleno en la cabecera departamental de Mar del Plata y de la Justicia de paz en el Municipio de Guaminí
Por medio de la resolución 45-20, la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires dispuso este lunes prorrogar hasta el 20 de septiembre las medidas dispuestas para el desarrollo del servicio en el ámbito de la administración de Justicia, de acuerdo a las decisiones impartidas por las autoridades competentes en el contexto de emergencia sanitaria.
De esta manera, el presidente del Máximo Tribunal, Daniel Soria, reafirmó lo dispuesto anteriormente que, entre otras cuestiones, habían fijado pautas para la normalización de la administración de justicia, así como, la paulatina implementación del uso de procesos telemáticos. También se estableció que solo se admitirían escritos de inicio que requieran urgente despacho o en los que sea inminente la prescripción de la acción.
Entre las medidas dispuestas por la Corte con anterioridad y que siguen vigente aparecen el restablecimiento de los plazos para la realización de presentaciones electrónicas y actos procesales, en la medida de las restricciones vigentes por la pandemia y en razón que los medios tecnológicos lo permitan.
De tal modo, se extienden las previsiones fijadas a través de las Resoluciones SC Nº 480/20, Nº 535/20, Nº 558/20 (en su parte pertinente conforme la Resolución Nº 593/20), Nº 567/20, Nº 583/20, Nº 654/20, Nº 655, Nº 707/20, Nº 711/20, Nº 720/20, Nº 742/20, Nº 743/20, Nº 749/20, Nº 750/20, Nº 757/20, Nº 758/20, Nº 768, Nº 819, Nº 838/20, Nº 878/20 y Resoluciones SPL Nº 35/20, Nº 37/20, Nº 39/20 y Nº 41/20.
En relación al al proceso de normalización progresiva del servicio, la SCBA dispuso con anterioridad el restablecimiento del pleno servicio de justicia en más de 70 Juzgados de Paz y en los organismos y dependencias de las siguientes cabeceras departamentales y sedes descentralizadas: Pergamino, y Trenque Lauquen ; Azul, Tandil y San Nicolás; Junín, Necochea, Tres Arroyos y Bragado; Bahía Blanca; y Olavarría.
Entre las medidas dispuestas por la Corte con anterioridad y que siguen vigente aparecen el restablecimiento de los plazos para la realización de presentaciones electrónicas y actos procesales, en la medida de las restricciones vigentes por la pandemia y en razón que los medios tecnológicos lo permitan.
También está habilitados los plazos para el dictado de sentencias y resoluciones digitales, así como, sus notificaciones electrónicas. La disposición regirá para los fueros Civil y Comercial, Familia, Laboral, Contencioso y Administrativo y de Paz.
Marcha atrás para Mar del Plata
En otra resolución, la 46-20, se dispuso en forma preventiva y provisional la retrogradación del servicio pleno de justicia en la cabecera departamental de Mar del Plata. La medida fue tomada a partir de que el partido de General Pueyrredon resolvió volver a la fase 3 del aislamiento debido a un aumento de los casos de coronavirus.
La Corte dispuso que los órganos y dependencias judiciales de esta cabecera departamental deban satisfacer las necesidades del servicio "profundizando la utilización del trabajo remoto y el uso de las tecnologías de la información y comunicación disponibles, sin perjuicio de las medidas que el titular de cada organismo o dependencia disponga y crea convenientes" dentro de las pautas aprobadas por la Suprema Corte de Justicia.
La retrogradación también fue dispuesta en relación al servicio pleno de la justicia de paz en el Juzgado de Guaminí.