Se publicó en el Boletín Oficial porteño la Ley nº 6325 que rige la responsabilidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por los daños que su actividad o inactividad le produzca a los bienes o derechos de las personas. La norma estipula que la responsabilidad de la Ciudad es objetiva y directa, y será de aplicación al sector público de la Ciudad de Buenos Aires que comprende a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, las Comunas, los organismos descentralizados, entidades autárquicas, y organismos de la seguridad social. La Ley fue promulgada por el Decreto n° 327/20, refrendado por el jefe de Gobierno Horacio Rodriguez Larreta.