La Legislatura de la provincia de Río Negro aprobó la propuesta del Superior Tribunal para la puesta en marcha del fuero Contencioso Administrativo en la provincia. Lo acordado le otorga, temporalmente, la competencia en apelación a las actuales Cámaras Civiles.
La comisión de Asuntos Constitucionales aprobó la propuesta enviada en marzo por el Superior Tribunal de Justicia para la puesta en marcha gradual del fuero que comenzará en Viedma con la creación de una Cámara Provincial Contencioso Administrativa y un Juzgado de primera instancia.
Durante esa primera etapa, los Juzgados y Cámaras Civiles del resto de las circunscripciones mantendrán la competencia como hasta ahora. En un segundo momento se implementarán tres Juzgados Contenciosos Administrativos de primera instancia para General Roca, Bariloche y Cipolletti.
El fuero Contencioso Administrativo está previsto en la Constitución provincial desde el año 1.988 aunque la competencia fue asumida durante todo este tiempo por los Juzgados y Cámaras Civiles. Sin embargo, la ley establece que todos los conflictos en los que el Estado es parte deben tramitarse por carriles específicos por la “fuerte presencia del interés público”.
Ricardo Apcarián, miembro del STJ, expuso en la Legislatura algunos detalles sobre el proyecto donde explicó que las estadísticas aportadas por el Centro de Planificación Estratégica justifican la aplicación de una modalidad gradual, puesto que Viedma absorbe la mayor parte de las demandas.
"A nivel provincial, el Estado está presente en casi la mitad de los expedientes civiles tramitados durante los últimos cinco años. Es decir ese porcentaje, que varía entre un 40% y un 55% según el reporte estadístico, son causas que irían al fuero contencioso administrativo", especificó el magistrado.
Agregó que "en 2019, por ejemplo, se registró un 40% de causas. La proyección mantuvo la misma tendencia en los años anteriores: en 2015 el Estado intervino en el 43% de los expedientes, en 2016 en un 48% y en 2017 y 2018 en un 55%".
El Código Procesal Administrativo fue sancionado en 2016 y allí se estableció un plazo máximo de cinco años para la puesta en funcionamiento del fuero especial administrativo.
El fuero Contencioso Administrativo está previsto en la Constitución provincial desde el año 1.988 aunque la competencia fue asumida durante todo este tiempo por los Juzgados y Cámaras Civiles. Sin embargo, la ley establece que todos los conflictos en los que el Estado es parte deben tramitarse por carriles específicos por la “fuerte presencia del interés público”.
La Constitución provincial, entre sus disposiciones transitorias correspondientes al Poder Judicial, establece que “hasta que se reglamente por la Legislatura la atribución de competencia a los tribunales de grado en materia contencioso-administrativa, ésta será ejercida por las Cámaras en lo Civil y Comercial de cada circunscripción judicial, con apelación ordinaria ante el Superior Tribunal de Justicia".
En materia contencioso administrativa laboral, "tendrán competencia exclusiva en instancia única las Cámaras del Trabajo de cada circunscripción judicial”.