A través de la Resolución SPL Nº 55/20 la presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso preventiva y provisionalmente la retrogradación del servicio pleno de justicia de Paz en el Municipio de Pinamar, a la situación de excepción reglada por Resoluciones SC Nº 386/20, Nº 480/20, sus ampliatorias y modificatorias. De tal modo se establece que, hasta nueva resolución, el referido Juzgado de Paz deberá satisfacer las necesidades del servicio profundizando la utilización del trabajo remoto y el uso de las tecnologías de la información y comunicación disponibles. Asimismo, se resolvió dejar sin efecto la retrogradación oportunamente decretada en relación con los Juzgados de Paz de 25 de Mayo, 9 de Julio y Laprida, disponiendo el restablecimiento pleno del servicio a partir del 30 de septiembre del corriente, bajo las condiciones y alcances establecidos en la Resolución SC Nº 583/20.