21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024

Un marco para la virtualidad

Se presentaron pautas y recomendaciones para garantizar los derechos de las víctimas en actos procesales de forma remota. Fue elaborado por la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas en el contexto de las medidas adoptadas por la emergencia sanitaria.

La Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC) elaboró pautas y recomendaciones para garantizar los derechos y garantías de las personas víctimas de delitos antes, durante y al finalizar los actos procesales realizados de manera remota.

El documento surgió en el contexto de las medidas adoptadas por la emergencia sanitaria y los obstáculos y beneficios que atraviesan las víctimas. El propósito, según explicaron, es que los agentes del Ministerio Público Fiscal “puedan ayudar a garantizar el derecho de las personas víctimas de delitos a participar de manera activa en todas las etapas del proceso penal, aun en aquellos actos que se realicen bajo modalidad virtual”.

En este sentido, la DOVIC presentó una serie de recomendaciones a considerar antes, durante y al finalizar aquellos actos procesales a realizarse de manera remota que requieran la participación de la víctima, como así también pautas para facilitar el ejercicio de los derechos establecidos por la ley 27.372 y los instrumentos regionales e internacionales durante el período de vigencia del aislamiento y distanciamiento social.

Entre las recomendaciones, el informe sugiere que, antes del acto procesal, se acredite si la víctima cuenta con las condiciones necesarias para que pueda ser efectiva su participación, tales como la disponibilidad de dispositivos y medios tecnológicos adecuados para la conexión digital, acceso a internet, espacios físicos que permitan privacidad al momento de participar en el acto procesal, entre otros.

Se destaca, asimismo, la necesidad de identificar la accesibilidad informática e identificar “si se conectará a través de un dispositivo móvil como un celular o una tablet, o si será mediante una computadora, si el acceso a internet es por vía red wifi, banda ancha o datos móviles”. En todos estos casos será necesario también indagar sobre la calidad de la conexión o pérdida de señal en días pasados, según propone el texto.

También advierte que se debe lograr que la persona damnificada ”se familiarice con la plataforma que se utilizará para el acto procesal”, y se recomienda la posibilidad de acercarle “tutoriales con el paso a paso de cómo utilizar la aplicación, sesiones de prueba y generar los espacios necesarios para que se evacúen todas las dudas”.

 

Asimismo, el documento recomienda relevar la posición de la persona damnificada en cuanto a la posibilidad de mantener cualquier tipo de contacto con el imputado durante el acto procesal mediante la "inhabilitación de la cámara que muestra al imputado durante la declaración de la víctima o habilitando salas virtuales diferenciadas para la víctima en la plataforma virtual que se esté utilizando".

 

La DOVIC, a cargo de Malena Derdoy, resaltó además la importancia de contar con un "espacio privado y seguro para la conexión" en los casos de víctimas de violencia de género, violencia sexual y trata. “Asimismo, en el caso de víctimas de maltrato y abuso sexual en la infancia, la declaración de la progenitora, el progenitor o persona cuidadora desde su domicilio, y dada la presencia de los niños, niñas y adolescentes en las casas, puede representar para la persona declarante una limitación ante la posibilidad de que su relato sea escuchado por aquellos”, advirtieron desde el área.

Asimismo, el documento recomienda relevar la posición de la persona damnificada en cuanto a la posibilidad de mantener cualquier tipo de contacto con el imputado durante el acto procesal mediante la "inhabilitación de la cámara que muestra al imputado durante la declaración de la víctima o habilitando salas virtuales diferenciadas para la víctima en la plataforma virtual que se esté utilizando".

Durante el acto procesal, el documento recomienda evitar interrupciones como, por ejemplo, sugerir silenciar los teléfonos y cualquier otro medio distractivo, apagar los micrófonos mientras la víctima declare para evitar el acople de sonidos del ambiente de cada participante y procurar utilizar plataformas digitales que no cuenten con limitación temporal.

Posteriormente, se propone realizar una videollamada posterior a la audiencia para evaluar el estado anímico de la víctima y tener presente el “impacto emocional que puede provocar la disrupción de una audiencia en la intimidad del hogar de una persona que no está acostumbrada a participar de estos actos”.

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486