Internos de una cárcel federal encontraron materia fecal de roedores en las panificaciones. El SPF deberá reacondicionar el área de producción de alimentos, fumigar y extremar los cuidados en la limpieza.
El Juzgado Federal N°1 de Neuquén, a cargo del juez Gustavo Villanueva, hizo lugar a un habeas corpus correctivo por el agravamiento en las condiciones de detención para la población privada de su libertad en el pabellón B1 de la Unidad Residencial II del Complejo Penitenciario Federal V-Senillosa, dependiente del Servicio Penitenciario Federal, luego de detectar materia fecal de roedores en los panificados destinados al consumo de las personas detenidas.
Los internos afirmaron que la autoridad penitenciaria "no respeta las normas de salubridad en el área de panadería", y relataron el hallazgo de “materia fecal de ratas en los panes” que sume la población carcelaria. Durante una inspección se detectaron heces en el piso del sector panadería, detrás de las máquinas, entre las bandejas y dentro de la trinchadora. En la amasadora y la harina también se encontraron heces y gorgojos.
El juez federal analizó la afectación del derecho que tienen los internos a recibir alimentos en correcto estado sanitario y que los mismos sean elaborados y almacenados en las instalaciones del penal que posean los estándares bromatológicos fijados por el Código Alimentario Argentino. “Resulta innegable que las condiciones en que se entregaba el pan (…) no se trata de una apreciación sin sustento”, afirmó.
Para el magistrado, “no hay una intencionalidad desde el SPF de perjudicar a la población penal” y advirtió que los productos de panificación son distribuidos diariamente a los internos y al personal del SPF, aunque “ello no exime de la responsabilidad que cabe precisamente al Servicio como garante de una alimentación adecuada”.
Y añadió: “No puede desconocerse que es alto el riesgo de propagación de enfermedades infectocontagiosas –algunas de ellas de carácter grave, tal como la leptospirosis- ante la presencia de roedores y sus excrementos mezclados en el pan, como así también las cucarachas y gorgojos que deambulan en los sectores que fueran objeto de inspección”.
“Es deber del Estado organizar sus estructuras y las conductas de sus funcionarios de modo tal que garanticen, efectivamente, la satisfacción de los derechos de los detenidos a una alimentación acorde a su dignidad personal y a las necesidad de preservación de su salud integral, concluyó Villanueva.
El juzgado ordenó que en el plazo de 30 días el complejo penitenciario subsane las falencias registradas y acondicione las instalaciones en consonancia con el respeto de los requisitos generales para establecimientos elaboradores de alimentos en la zona de manipulación, que incluye revestimiento de paredes, instalación de cortinas plásticas, lámparas atrapa insectos, rejillas, ente otros.
También dispuso que el área de Bromatología de la Municipalidad de Senillosa se constituya en forma mensual para inspeccionar el cumplimiento de las medidas sanitarias pertinentes, a quienes también deberá exhibírseles las constancias de las fumigaciones. Solicitó, además, la colaboración de la Dirección de Calidad Alimentaria de la Municipalidad de Neuquén para el dictado de un curso de manipulación de alimentos y buenas prácticas de elaboración para personal que trabaja en el taller de panadería del establecimiento federal.
“Es deber del Estado organizar sus estructuras y las conductas de sus funcionarios de modo tal que garanticen, efectivamente, la satisfacción de los derechos de los detenidos a una alimentación acorde a su dignidad personal y a las necesidad de preservación de su salud integral, concluyó Villanueva.