20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

El voto postal volvió a la escena

Luego de la derogación del decreto que permitía a residentes argentinos en el exterior votar de manera anticipada, la oposición presentó en la Cámara de Diputados un proyecto de ley para modificar el Código Electoral y restablecer dicha modalidad. 

Un grupo de diputados de la oposición, liderado por Alberto Asseff, presentó un proyecto de ley para que argentinos residentes en otros países puedan votar de manera anticipada por correo postal.

La iniciativa se dio luego de la derogación por parte del Ejecutivo del decreto que permitía esta modalidad y que comenzaría a regir en las elecciones legislativas de este año. 

“El voto de los residentes en el exterior es hoy un derecho reconocido por la mayoría de las democracias del mundo, a partir de la aceptación de que la ciudadanía no se extingue con el hecho de residir fuera de las fronteras del Estado”, expresó el diputado y agregó que "resulta pertinente modificar la reglamentación vigente en la materia, otorgando la posibilidad de votar ya sea de manera presencial como postal”.

“La implementación de un sistema de votación por correo postal como forma alternativa de ejercer el derecho al sufragio para los argentinos residentes en el exterior, exige establecer el modo en el que se desarrollará el proceso electoral, incluyendo la remisión de la documentación electoral al votante, la selección de la preferencia electoral, el retorno del voto y el escrutinio de sufragios”, explicó el legislador.

Los decretos habían sido firmados por el entonces presidente, Mauricio Macri, autorizaba a argentinos residentes en el exterior, personas privadas de su libertad y a integrantes de las fuerzas armadas y de seguridad afectadas al operativo electoral a votar de manera anticipada por correo postal.

Con las firmas del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro del Interior, Eduardo "Wado" de Pedro, el gobierno entendió que dichos decretos "constituyen una flagrante violación al orden jerárquico establecido por el artículo 31 de la Constitución nacional, cuya aplicación impide que un decreto pueda modificar una ley".

"Conforme al artículo 99, inciso 2 de la Constitución nacional, el Presidente o la Presidenta de la Nación es quien expide las instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes de la Nación, cuidando de no alterar su espíritu con excepciones reglamentarias", agregaron los funcionarios en sus argumentos.

Para el gobierno, los decretos "fueron dictados excediendo las potestades reglamentarias del Poder Ejecutivo nacional, por cuanto en ambos casos se modifica la fecha de una elección que ya se encuentra definida por ley".

 

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