El Máximo Tribunal se declaró competente para entender en la causa por las clases presenciales en la Ciudad. Mientras tanto, los jueces de la Cámara CAyT porteña, que dictaron el fallo que contra el DNU 341/21, fueron denunciados ante el Consejo de la Magistratura
La Corte Suprema de Justicia de la Nación se declaró competente en la acción declarativa impulsada por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contra el Estado Nacional, a fin de que se declare la inconstitucionalidad del DNU 241/2021 y de todas las disposiciones reglamentarias y/o complementarias dictadas o que se dicten en consecuencia.
Por mayoría, los supremos Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz decidieron correr traslado de la demanda interpuesta contra el Estado Nacional, que se “sustanciará por las normas del proceso sumarísimo” por el plazo de cinco días. Esta decisión va en línea con lo dictaminado por la procuradora Laura Monti, quien opinó a favor de competencia originaria del Máximo Tribunal.
En disidencia, Elena Highton consideró que la Ciudad de Buenos Aires “no es un sujeto aforado a la jurisdicción originaria”, tal como lo había sostenido en el precedente “Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires c/ Córdoba, Provincia de s/ ejecución fiscal”.
La judicialización de las clases
El DNU 241/2021, que suspendió el dictado de clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades en el AMBA, derivó en un conflicto judicial que apenas comienza.
Durante el fin de semana, un grupo de padres y ONG recurrieron a la Justicia local para frenar el DNU y mantener la presencialidad en la educación en el ámbito local, durante el plazo establecido, es decir, hasta el 30 de abril, inclusive.
El caso terminó en la Sala de turno de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires, conformada por Marcelo López Alfonsín, Laura Perugini y Nieves Macchivelli. Esta última fue recusada por ser hermana de un funcionario cercano al Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, pero el planteo fue rechazado.
A su vez, el Ministerio de Salud pidió la declinatoria; mientras que comenzaron ingresar en Comodor Py denuncias contra el ex presidente Mauricio Macri por instigación a cometer delito y contra Rodríguez Larreta, Carolina Stanley y Patricia Bullrich por “violación a las medidas de propagación de epidemia”.
Algunos colegios porteños decidieron abrir sus puertas y dictar clases con normalidad tras el fallo de la Cámara, mientras otras instituciones educativas continuaron con la modalidad virtual ante la “incertidumbre” generada y a la espera de una definición de la Corte Suprema.
Pasadas las 20 horas del domingo, el Tribunal resolvió, por unanimidad, ordenar al Gobierno porteño que garantice la continuidad de la presencialidad escolar. Los jueces solicitaron, además, que se presente un “informe el viernes próximo sobre la evolución de la situación epidemiológica”, en el marco de los autos “Fundación Centro de Estudios en Políticas Publicas s/ Incidente de queja por apelación denegada”.
Algunos colegios porteños decidieron abrir sus puertas y dictar clases con normalidad tras el fallo de la Cámara, mientras otras instituciones educativas continuaron con la modalidad virtual ante la “incertidumbre” generada y a la espera de una definición de la Corte Suprema.
El día después
La decisión judicial generó enojo y malestar en el seno del Gobierno nacional. Esta mañana, la Procuración del Tesoro, que encabeza Carlos Zannini, se presentó reclamó la inhibitoria del fuero porteño y que el fuero federal se declare competente. La causa quedó radicada en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 2, a cargo del juez Esteban Furnari.
De la misma manera, el Ministro de Justicia, Martín Soria, ratificó la posición del Poder Ejecutivo y afirmó públicamente que una “medida sanitaria del gobierno nacional pretende ser suspendida por la Justicia porteña, un fuero local, manifiestamente incompetente para resolver sobre cuestiones federales. Este mamarracho jurídico sólo tiene una explicación y es política”.
La presentación, que reclama la remisión de las actuaciones al fuero federal, denunció la “gravedad institucional y el escándalo jurídico” de las actuaciones por considerar que “implica la suspensión en una jurisdicción local de normas de naturaleza federal, afectando el poder de policía sanitaria en el marco de una emergencia sanitaria”.
“(…) se encuentra en juego la salud pública a nivel general nacional y en múltiples jurisdicciones, atento a la particular emergencia sanitaria a nivel internacional producto de la pandemia de COVID; siendo crucial las medidas adoptadas por la norma suspendida para la protección de la salud. A su vez, la decisión genera un peligroso precedente de intromisión de la justicia local en materia específicamente federa”, añadió.
De la misma manera, el Ministro de Justicia, Martín Soria, ratificó la posición del Poder Ejecutivo y afirmó públicamente que una “medida sanitaria del gobierno nacional pretende ser suspendida por la Justicia porteña, un fuero local, manifiestamente incompetente para resolver sobre cuestiones federales. Este mamarracho jurídico sólo tiene una explicación y es política”.
Las repercusiones, sin embargo, no terminaron ahí. Los jueces López Alfonsín, Perugini y Macchivelli fueron denunciados por el presunto delito de prevaricato, violación a los deberes de funcionario y sedición. Se trata de una denuncia penal impulsada la Fundación por la Paz y el Cambio Climático contra los integrantes de la Cámara porteña que ayer habilitó la continuidad de las clases presenciales. La causa será tramitada por el magistrado Luis Rodríguez, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional. Federal N°9.
A su vez, el bloque de legisladores porteños del Frente de Todos pidieron el juicio político a los integrantes de la Sala IV ante el Consejo de la Magistratura local. Esgrimieron, entre otras cuestiones, que el fallo es "arbitrario, temerario e incapaz de resistir el menor test de constitucionalidad y de razonabilidad", lo que "demuestra un alevoso mal desempeño y un desconocimiento inexcusable del derecho".